Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CUL/513/2010, de 26 de febrero, por la que se crea y regula la Comisión de Coordinación de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y de los organismos públicos y demás entidades vinculadas al mismo.

BOE-A-2010-3751Publicada: 08/03/2010MINISTERIO DE CULTURA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CUL/513/2010, de 26 de febrero, por la que se crea y regula la Comisión de Coordinación de Bibliotecas del Ministerio de Cultura ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Cultura | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 2010-02-26 | IDENTIFICADOR: CUL/513/2010 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Administración bibliotecaria, coordinación administrativa, patrimonio bibliográfico, bibliotecas públicas | ÁMBITO: Administración General del Estado (Bibliotecas ministeriales) | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Crea un órgano técnico obligatorio (Comisión de Coordinación de Bibliotecas) para coordinar, normalizar y mejorar el funcionamiento de todas las bibliotecas dependientes del Ministerio de Cultura y organismos públicos vinculados al mismo. --- **CONTEXTO** La Ley 10/2007 (de la lectura, del libro y de las bibliotecas) exige crear mecanismos de coordinación en el sector bibliotecario. El Real Decreto 1572/2007 mandató que cada ministerio constituyera su propia comisión ministerial. Esta Orden materializa esa obligación para el Ministerio de Cultura, implementando el marco de normalización y acceso público al patrimonio bibliográfico administrativo. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Comisión de Coordinación es un órgano colegiado adscrito a la Subsecretaría del Ministerio de Cultura, funcionando como máximo órgano técnico, consultivo, asesor, coordinador y de control en materia bibliotecaria ministerial (artículo 1). **Composición** (artículo 3): Presidente (Secretario General Técnico), Vicepresidente (Subdirector General de Publicaciones, Información y Documentación), vocales designados por cada órgano/unidad/organismo con bibliotecas adscritas, y secretario funcionario bibliotecario (voz sin voto). Garantiza presencia equilibrada hombres-mujeres. **Ámbito** (artículo 2): Todas las bibliotecas y unidades relacionadas del Ministerio de Cultura. Quedan expresamente excluidas las bibliotecas públicas cuya gestión esté transferida a Comunidades Autónomas y la Biblioteca Nacional (conforme a Real Decreto 1572/2007). **Funciones** (artículo 4): (a) Velar cumplimiento instrucciones de la Comisión General; (b) Elaborar directorio de bibliotecas y evaluar si cumplen requisitos mínimos (personal adecuado, colección cualitativamente apropiada, servicio información coherente); (c) Informar propuestas de creación, supresión o reorganización de bibliotecas; (d) Adoptar acuerdos para mejora de recursos, procesos y servicios. **Objetivos fundamentales**: Uno, asegurar que procesos y servicios bibliotecarios sean técnicamente conformes a pautas internacionales y permitan acceso a documentos en cualquier soporte; dos, crear punto de consulta único mediante catálogo colectivo electrónico unificado de todas las colecciones administrativas (artículos iniciales). **Áreas de actuación**: Información, comunicación, coordinación técnica, formación, desarrollo de colecciones, descripción y catalogación, servicios a usuarios, preservación de patrimonio, aplicación de TIC, bibliotecas digitales. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Ministerio de Cultura crea un equipo de coordinación técnica que supervisa cómo funcionan sus bibliotecas, asegura que compartan información y documentos entre ellas, y facilita que los ciudadanos accedan electrónicamente a todo lo que guardan. Es una estructura administrativa para que las bibliotecas ministeriales trabajen juntas, mejor y de manera uniformizada. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligatoriedad normativa**: Todas las bibliotecas comprendidas en el ámbito deben cumplir las instrucciones técnicas que apruebe la Comisión. Su composición y funciones son mandatarias por ley, no discrecionales. ✅ **Oportunidad de acceso público**: El catálogo colectivo y la consulta electrónica unificada favorecen la transparencia administrativa y el acceso democrático al patrimonio bibliográfico estatal, alineado con objetivos de la Ley 10/2007. ⚠️ **Ámbito limitado — no abarca todas las bibliotecas españolas**: Las bibliotecas públicas transferidas a CC.AA. y la Biblioteca Nacional quedan fuera. Esta Comisión solo coordina las bibliotecas administrativas del Ministerio de Cultura, no la red nacional completa. ℹ️ **Marco de aplicación internacional**: La Comisión debe asumir pautas, estándares y normas de organismos nacionales e internacionales de biblioteconomía (ISO, IFLA, etc.), lo que vincula esta estructura a mejores prácticas globales. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden CUL/513/2010, no existía una estructura formal de coordinación de bibliotecas en el ámbito del Ministerio de Cultura, a diferencia de otros ministerios que ya habían creado sus propias comisiones bajo el Real Decreto 1572/2007. Esta norma establece un órgano técnico obligatorio para normalizar y mejorar el funcionamiento de las bibliotecas públicas vinculadas al Ministerio, respondiendo a la Ley 10/2007. La importancia radica en la creación de un marco común para la gestión del patrimonio bibliográfico, fomentando la eficiencia y el acceso público, alineándose con las normativas estatal y europeas que promueven la coordinación y la interoperabilidad en el sector bibliotecario.

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