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Real Decreto 251/2010, de 5 de marzo, de ampliación de los medios económicos y patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón por el Real Decreto 778/2006, de 23 de junio, en materia de conservación de la naturaleza (Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido).

BOE-A-2010-5264Publicada: 31/03/2010MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 251/2010, de 5 de marzo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-REA | ÓRGANO: Gobierno de España (Presidencia) | TIPO: Real Decreto | FECHA: 5 de marzo de 2010 | IDENTIFICADOR: RD 251/2010 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Transferencias de competencias, Conservación de la naturaleza, Financiación autonómica, Presupuestos | ÁMBITO: Estatal-Autonómico (Aragón) | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Aprueba la ampliación de recursos económicos y patrimoniales que el Estado destina a la Comunidad Autónoma de Aragón para la gestión del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, incorporando los costes salariales derivados de nuevas retribuciones de personal pactadas tras la transferencia inicial de 2006. --- **CONTEXTO** En 2006, mediante Real Decreto 778/2006, el Estado transfirió a Aragón las funciones y servicios en materia de conservación de la naturaleza respecto al Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido. Posteriormente, entre el Estado y los sindicatos se negociaron nuevas retribuciones para el personal laboral transferido en el marco del II Convenio Único (efectos económicos desde 1 enero 2005). Este Real Decreto formaliza la ampliación de medios económicos necesaria para integrar esos costes en el traspaso ya efectuado, conforme a lo acordado por la Comisión Mixta de Transferencias el 17 de febrero de 2010. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El artículo 1 aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Aragón, adoptado por el Pleno en su reunión de 17 de febrero de 2010, por el que se amplían los medios económicos y patrimoniales adscritos a los servicios traspasados en materia de conservación de la naturaleza. La ampliación se ampara en la Constitución Española (art. 149.1.23.ª), que reserva al Estado la competencia sobre legislación básica de protección del medio ambiente, y en el Estatuto de Autonomía de Aragón (art. 71.21.ª, reformado por LO 5/2007), que atribuye a Aragón competencia exclusiva sobre espacios naturales protegidos. El artículo 2 especifica que quedan traspasados a Aragón los bienes, derechos y obligaciones consignados en las relaciones adjuntas al Acuerdo de la Comisión Mixta, así como los créditos presupuestarios determinados según el procedimiento establecido en dicho Acuerdo. El artículo 3 fija la efectividad de la ampliación a partir del día señalado en el Acuerdo de la Comisión Mixta (17 de febrero de 2010), no desde la publicación del Real Decreto. El artículo 4 regula el procedimiento de transferencia de créditos presupuestarios: los importes determinados conforme a la relación número 2 del anexo serán dados de baja en los correspondientes conceptos presupuestarios del Estado y transferidos por el Ministerio de Economía y Hacienda a los conceptos habilitados en la sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado, destinados a financiar servicios asumidos por las Comunidades Autónomas, una vez que el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino remita los certificados de retención de crédito (*retention certificates*). Esta remisión es requisito indispensable para cumplimiento de la normativa vigente en Presupuestos Generales del Estado. La ampliación incorpora los costes derivados del II Convenio Único para el personal laboral transferido, con efectos económicos a partir del 1 de enero de 2005. La Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón, prevista en el artículo 109.2.e) del Estatuto de Autonomía, ha valorado estos traspasos de servicios. El procedimiento completo se ajusta a la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Aragón y al Real Decreto 3991/1982, que regulan el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Aragón recibe dinero adicional del Estado para poder pagar mejor a los empleados del Parque Nacional que heredó en 2006. El dinero se transfiere desde el presupuesto estatal y empieza a contar económicamente desde febrero de 2010. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **FECHA DE EFECTIVIDAD**: La ampliación de medios económicos es efectiva desde el 17 de febrero de 2010 (fecha del acuerdo de la Comisión Mixta), no desde la publicación en el BOE. Los actos administrativos pueden ya haberse contabilizado con esta fecha. 💰 **PROCEDIMIENTO PRESUPUESTARIO**: La transferencia de créditos no es automática. El Ministerio de Medio Ambiente debe expedir certificados de retención de crédito para que el Ministerio de Economía y Hacienda formalice la baja y transferencia a la sección 32 de los Presupuestos. Sin esos certificados, el procedimiento no se completa. 📋 **ANEXO INCOMPLETO**: Las relaciones concretas de bienes, derechos y obligaciones transferidas, así como los importes de los créditos presupuestarios, figuran en anexos del Acuerdo de la Comisión Mixta. El texto publicado en el BOE se interrumpe en la sección "B) Bienes patrimoniales que..." — debe consultarse la versión íntegra en el archivo del BOE o en la Secretaría de la Comisión Mixta. 🔗 **CASO DE ESTUDIO EN TRANSFERENCIAS**: Ejemplo práctico de cómo se actualizan y amplían traspasos de servicios cuando cambian las condiciones de personal (en este caso, nueva escala salarial nacional). Aplicable a otros casos de actualización de medios en competencias transferidas. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 251/2010, el Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido estaba gestionado por el Estado, según el Real Decreto 778/2006, que transfirió las competencias a la Comunidad Autónoma de Aragón. Sin embargo, no se incluyeron en ese traspaso los costes salariales derivados de nuevas retribuciones pactadas tras la transferencia. Este Real Decreto amplía los medios económicos y patrimoniales asignados a Aragón para incorporar esos gastos, reflejando una evolución en la financiación autonómica y la transferencia de competencias en materia ambiental. La importancia radica en garantizar la sostenibilidad de la gestión del parque y en ajustar los recursos a las nuevas condiciones laborales, consolidando la autonomía de Aragón en este ámbito.

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