Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 15 de julio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar la cuestión de ilegalidad número 1/2024 sobre el artículo 12 del Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por razón de residencia.

BOE-A-2024-18114Publicada: 10/09/2024TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de julio de 2024, que resuelve una cuestión de ilegalidad planteada por la Audiencia Nacional. El Tribunal declara ilegal y anula una parte concreta del reglamento que regula cómo se tramita la solicitud de nacionalidad española por residencia (Real Decreto 1004/2015). **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas extranjeras que hayan solicitado o vayan a solicitar la nacionalidad española por la vía de la residencia, y cuyo expediente haya sido evaluado aplicando el fragmento normativo anulado. **¿Qué cambia o establece?** El Tribunal anula el inciso del artículo 12.1 del reglamento que exigía que el solicitante no hubiera cometido, en ningún momento anterior a la resolución, actos incompatibles con el requisito de buena conducta cívica. Al eliminar ese fragmento, desaparece esa condición tal como estaba redactada en el reglamento, lo que puede beneficiar a quienes vieron denegada su nacionalidad con base exclusiva en dicha cláusula.

💬 Contexto ciudadano

El Código Civil exige para la adquisición de la nacionalidad española por residencia acreditar «buena conducta cívica», criterio de carácter valorativo. El RD 1004/2015 amplió este requisito reglamentariamente exigiendo buena conducta «en todo momento», lo que incluía antecedentes anteriores al período de residencia computable. El Tribunal Supremo anuló ese inciso por extralimitación reglamentaria: el poder reglamentario no puede ampliar los requisitos legales más allá de lo que la ley autoriza expresamente. La sentencia tiene impacto en miles de solicitudes afectadas por infracciones anteriores al período de residencia. Se alinea con la jurisprudencia del TJUE sobre proporcionalidad en restricciones al acceso a la ciudadanía y con la doctrina del Consejo de Estado sobre los límites del reglamento ejecutivo frente a la ley habilitante.

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