Orden PRE/1340/2010, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden de 24 de septiembre de 1982, por la que se aprueba el Reglamento que establece las Ordenanzas de la Real Orden del Mérito Deportivo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden PRE/1340/2010, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden de 24 de sep ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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Moderniza la estructura jerárquica, la tramitación de expedientes y la designación de autoridades que otorgan estos reconocimientos públicos. --- **CONTEXTO** La Real Orden del Mérito Deportivo, creada en 1982, es un sistema de honores para reconocer públicamente a personas y entidades que destaquen en la práctica del deporte, enseñanza de educación física o servicios eminentes en difusión y desarrollo de la cultura física. En mayo de 2010, el Real Decreto 694/2010 reorganizó las competencias administrativas, asignando al CSD (en lugar del Ministerio de la Presidencia) la gestión de las distinciones, excepto la Gran Cruz. Esta orden es el instrumento normativo que formaliza internamente esa reforma institucional. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden modifica cuatro artículos clave del Reglamento de 1982: **Artículo 6.** Define la expedición de títulos como acto formal autorizado con firma del Canciller, con toma de razón por el Secretario de la Orden. Procedimiento administrativo de registro documentado. **Artículo 13.** Reorganiza la estructura jerárquica: Su Majestad el Rey mantiene la Maestría; el Canciller es ahora el *Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes* (cambio material respecto a la anterior regulación); el Vicecanciller es el Director General de Deportes; el Fiscal es designado por el Canciller a propuesta del Vicecanciller. Esta renovación refleja la reforma de competencias de 2010. **Artículo 14.** La Secretaría de la Real Orden pasa a depender de un empleado público del CSD, designado por el Secretario de Estado-Presidente. A la Secretaría le corresponde tramitar expedientes, expedir títulos y certificados, y custodiar documentos, sellos y registros. **Artículo 16.** Regula el procedimiento de concesión de distinciones en cuatro apartados: (1) iniciativa de oficio por el CSD, a propuesta de autoridades de la Orden o por moción razonada de clubes deportivos, federaciones españolas, ligas profesionales o entidades públicas; (2) competencia del Director General de Deportes para tramitar expedientes y elevar propuesta al Secretario de Estado-Presidente, acompañada de historial documentado e informe del Fiscal; (3) Gran Cruz: decisión del Consejo de Ministros a propuesta de la Ministra de la Presidencia; (4) restantes distinciones: decisión del Secretario de Estado-Presidente del CSD. La orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOE. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Esta orden clarifica quién decide sobre los premios al mérito deportivo español después de una reorganización administrativa. Ahora es el Consejo Superior de Deportes quien gestiona estas distinciones de honor (salvo la Gran Cruz, que sigue siendo prerrogativa del Consejo de Ministros). Todo el proceso queda documentado formalmente en títulos firmados. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Cambio de competencia material.** Las distinciones de mérito deportivo (excepto Gran Cruz) las decide ahora el Consejo Superior de Deportes, no el Ministerio de la Presidencia. Cualquier procedimiento anterior debe ajustarse a esta nueva estructura. 📋 **Documentación obligatoria en expediente.** La propuesta de concesión debe ir acompañada de historial completo de la persona o entidad, justificación documental y informe preceptivo del Fiscal de la Orden. El incumplimiento de estos requisitos puede invalidar procedimientos. ✅ **Clarificación jerárquica y roles.** La orden define explícitamente qué autoridad es responsable de cada fase (tramitación, proposición, decisión), eliminando ambigüedades administrativas previas y garantizando seguridad jurídica en los actos de concesión. ℹ️ **Vigencia inmediata.** No hay período transitorio; la orden aplica desde su publicación en BOE, por lo que todas las tramitaciones posteriores deben ajustarse a esta regulación. --- **VOTOS PARTICULARES** No aplica. Orden ministerial de regulación administrativa. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la reforma de 2010, la Real Orden del Mérito Deportivo estaba regulada por una norma estatal de 1982, que establecía su estructura y funcionamiento bajo la competencia del Ministerio de la Presidencia. Esta norma era vigente a nivel nacional, sin diferencias entre comunidades autónomas ni con la Unión Europea. La modificación de 2010, mediante la Orden PRE/1340/2010, adaptó el régimen a la nueva distribución de competencias tras la reforma administrativa, transfiriendo la gestión al Consejo Superior de Deportes. Este cambio importa porque refleja la evolución de la organización estatal en materia deportiva y muestra cómo las normas estatales pueden ser ajustadas para alinearlas con nuevas estructuras administrativas, afectando así la aplicación de honores deportivos a nivel nacional.