Orden CIN/1507/2010, de 27 de mayo, por la que se regula la Comisión Asesora de Política Científica.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CIN/1507/2010, de 27 de mayo, por la que se regula la Comisión Asesora de Política Científica ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-ORD / Ministerio de Ciencia e Innovación / Orden Ministerial / 2010-05-27 / CIN/1507/2010 / Español / Administración Pública, Política Científica, Organismos de Investigación, I+D+i / Nacional / MEDIA **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** La Orden crea un nuevo órgano asesor —la Comisión Asesora de Política Científica— adscrito a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, sustituyendo la anterior Comisión de Evaluación y Prospectiva tras la reestructuración ministerial de 2009. Este cambio amplía el alcance del asesoramiento de política científica más allá de la evaluación y prospectiva. **CONTEXTO** El Real Decreto 542/2009 de 7 de abril reorganizó los ministerios, asignando al Ministerio de Ciencia e Innovación las funciones de propuesta y ejecución de la política estatal en investigación, desarrollo tecnológico e innovación. El RD 1042/2009, de 29 de junio, desplegó la estructura orgánica básica del ministerio. Esta Orden ministerial responde a la necesidad de adaptar los órganos de asesoramiento a la nueva estructura administrativa y ampliar el espectro de materias sobre las que asesoran. **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Comisión Asesora de Política Científica se constituye como órgano de consulta y asesoramiento adscrito a la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i (art. 1). Sus funciones (art. 2) comprenden: la elaboración de informes de planificación y seguimiento del Plan Nacional I+D+i; estudios sobre dicho Plan y actividades de la Dirección General; establecimiento de procedimientos que aseguren calidad científico-técnica, trasparencia y objetividad; designación de coordinadores y gestores científicos; y cualquier otro asunto identificado por el Director General. En cuanto a composición (art. 3), la Comisión incluye: Presidencia ejercida por el titular de la Dirección General; ocho investigadores de prestigio reconocido (vocales independientes) que cubran diversidad de campos; los titulares de las Subdirecciones Generales de Proyectos de Investigación, Formación e Incorporación de Investigadores y Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (con vicepresidencia rotatoria anual); un secretario funcionario sin voto. Se procura paridad de género en la composición. La designación de vocales (art. 4) corresponde al Secretario de Estado de Investigación a propuesta del Director General, por periodos de cuatro años. Excepcionalmente, en la primera composición, cuatro vocales lo fueron por dos años y cuatro por cuatro años. No se permite segundo mandato consecutivo. Los vocales pueden ser cesados. La Comisión puede crear grupos de trabajo (art. 5) que incluyan miembros de la Comisión, personal del departamento y miembros de la comunidad científica. El funcionamiento se rige por lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para órganos colegiados (art. 6). Los miembros podrán percibir indemnizaciones según RD 462/2002 (art. 7). La Disposición adicional establece que el funcionamiento no supondrá incremento de gasto público. **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** La Orden crea una comisión de expertos que asesora al ministerio sobre cómo se debe gestionar la investigación científica en España. Está integrada por investigadores de renombre que actúan de forma independiente, y su trabajo es revisar planes, garantizar la calidad científica y ayudar en decisiones importantes sobre financiación y organización de proyectos de I+D. Funciona como un órgano consultivo profesional dentro de la administración pública. **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de influencia**: Si trabajas en I+D+i o investigación, esta comisión es el canal formal de asesoramiento a nivel nacional; conocer su composición y función es estratégico para entender la toma de decisiones sobre política científica y asignación de recursos. ⚠️ **Mandatos limitados**: Los investigadores designados como vocales no pueden repetir mandato consecutivo (art. 4.3), lo que implica rotación regular y riesgo de discontinuidad en criterios; esto puede afectar evaluaciones de proyectos si cambios de miembros implican cambios de enfoque. 📋 **Estructura de participación**: La existencia de grupos de trabajo (art. 5) permite incorporar expertos externos, lo que amplía las posibilidades de participación de investigadores y entidades en procesos de asesoramiento. ℹ️ **Sin impacto financiero directo**: La disposición adicional especifica que el funcionamiento de la Comisión no generará gasto público incremental, por lo que opera con recursos administrativos existentes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden CIN/1507/2010, la Comisión de Evaluación y Prospectiva era el órgano encargado de asesorar sobre política científica, dentro de la estructura ministerial reorganizada tras el Real Decreto 542/2009. Esta nueva Orden sustituye dicho órgano por la Comisión Asesora de Política Científica, ampliando su ámbito de actuación más allá de la evaluación y prospectiva. Este cambio refleja la necesidad de adaptar los órganos asesores a la nueva estructura ministerial y a las demandas de una política científica más integral y estratégica, alineándose con las prioridades estatales y europeas en materia de I+D+i.