Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 819/2010, de 25 de junio, por el que se crean y constituyen 132 juzgados, se constituyen 2 juzgados y se crean 16 plazas de Magistrado en Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales correspondientes a la programación del año 2010 y 50 plazas de juez de adscripción territorial.

BOE-A-2010-11179Publicada: 15/07/2010MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Corrección de erratas del Real Decreto 819/2010 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Campo | Valor | |-------|-------| | **Jurisdicción** | ES | | **Fuente** | ES-BOE-REA (BOE núm. 167, 10 de julio de 2010) | | **Órgano** | Ministerio de Justicia | | **Tipo** | Corrección de erratas | | **Fecha original** | 25 de junio de 2010 | | **Identificador** | Real Decreto 819/2010 | | **Idioma original** | Español | | **Materias** | Organización y estructura judicial; creación de órganos; plazas de magistrados y jueces | | **Ámbito** | Estatal (nacional) | | **Relevancia IW** | INFORMATIVA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Corrige un error tipográfico advertido en el Real Decreto 819/2010: añade la palabra «juez» en la referencia a las plazas de adscripción territorial para mayor precisión normativa. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El Real Decreto 819/2010 fue la norma que estructuró la creación de 132 juzgados nuevos, la constitución de 2 juzgados y la creación de 16 plazas de Magistrado en Tribunales Superiores de Justicia durante la programación judicial de 2010. Con posterioridad a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE núm. 167), se advirtió una errata en el sumario o encabezamiento de la disposición que requería rectificación técnica. Esta corrección garantiza la precisión léxica del documento normativo sin alterar su contenido sustantivo. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El texto identifica y rectifica una errata ubicada en la página 60598 del sumario del Real Decreto 819/2010. La redacción incorrecta rezaba: «...y 50 plazas de adscripción territorial...», cuando debería decir: «...y 50 plazas de juez de adscripción territorial...». La omisión de la palabra «juez» generaba imprecisión terminológica en la denominación de las plazas, aunque la voluntad legislativa era clara. La corrección se efectúa conforme al procedimiento ordinario de fe de erratas (*errata rectificatio*), que permite subsanar errores de imprenta o tipográficos sin necesidad de derogar la norma. Esta rectificación aplica al sumario de la disposición, que es parte integral de la estructura formal del Real Decreto y orientador de su objeto. La norma mantiene plena validez desde su entrada en vigor (26 de junio de 2010), siendo esta corrección meramente aclaratoria y de naturaleza técnica. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El documento simplemente corrige un pequeño fallo en el texto de un decreto que creó nuevos juzgados: le faltaba la palabra «juez». Esta corrección no cambia nada importante, solo aclara lo que ya se entendía. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ℹ️ **Aclaración técnica**: la corrección de erratas confirma que las «50 plazas de adscripción territorial» se refieren específicamente a plazas de juez, eliminando ambigüedad. 📋 **Validez de la norma original**: el Real Decreto 819/2010 mantiene plena vigencia desde su publicación; esta corrección no invalida ni modifica su contenido sustantivo, solo su redacción formal. ℹ️ **Ámbito de aplicación**: afecta a la interpretación del sumario en todos los órganos judiciales referenciados en el Real Decreto (juzgados, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales). 📋 **Registro documental**: cualquier consulta posterior del Real Decreto 819/2010 debe considerar esta rectificación en su sumario para coherencia interpretativa. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la corrección del Real Decreto 819/2010, la normativa estatal y autonómica sobre la organización judicial en España no contemplaba con claridad la creación de nuevas plazas de jueces y magistrados, lo que generaba ambigüedades en la aplicación de la ley. Esta norma, publicada en 2010, estableció una estructura específica para la creación de juzgados y plazas en los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales, con una distribución que reflejaba la necesidad de modernizar y adaptar la red judicial a la demanda de justicia. La corrección de erratas posterior garantizó la precisión normativa, lo cual es relevante para el correcto funcionamiento del sistema judicial estatal y la coherencia con las normas autonómicas y europeas.

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