Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 765/2010, de 11 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1217/2002, de 22 de noviembre, por el que se determinan la composición y funciones de la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo.

BOE-A-2010-10541Publicada: 03/07/2010MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 765/2010, de 11 de junio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Campo | Valor | |-------|-------| | **Jurisdicción** | ES | | **Fuente** | ES-BOE-REA | | **Órgano** | Ministerio de Fomento / Gobierno de España | | **Tipo** | Real Decreto (Modificación) | | **Fecha** | 11 de junio de 2010 | | **Identificador** | RD 765/2010 | | **Idioma original** | Español | | **Materias** | Administración Pública, Transporte Marítimo, Salvamento Marítimo, Protección Ambiental Marina | | **Ámbito** | Nacional (ES) | | **Relevancia IW** | MEDIA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Adapta la estructura directiva de la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo a la reorganización del Ministerio de Fomento, modificando quién ocupa la Vicepresidencia de la Comisión y la Presidencia de su Comité Ejecutivo. --- **CONTEXTO** La Ley 27/1992 de Puertos del Estado y Marina Mercante creó la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo como órgano de coordinación entre administraciones para planificar el salvamento de vidas en el mar y la lucha contra contaminación marina. El RD 1217/2002 desarrolló su composición y funciones originales. Tras la reorganización estructural del Ministerio de Fomento por RD 638/2010, que adscriben la Comisión a la Secretaría General de Transportes a través de la Dirección General de la Marina Mercante, era necesario actualizar estos cargos directivos. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto 765/2010 introduce dos modificaciones puntuales al RD 1217/2002: **Primer cambio (Artículo 4.b):** La Vicepresidencia de la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo pasa a ser ostentada por el *Secretario General de Transportes*, reemplazando al anterior *Subsecretario de Fomento*. Esta modificación refleja el nuevo posicionamiento administrativo de la Comisión dentro de la estructura ministerial. **Segundo cambio (Artículos 8.2 y 8.3):** El Comité Ejecutivo de Salvamento Marítimo será presidido por el Secretario General de Transportes (anteriormente Subsecretario de Fomento). Su composición permanece estructuralmente similar: un Director General o Almirante del Ministerio de Defensa; los titulares de Direcciones Generales competentes en salvamento marítimo de la Administración General del Estado y Comunidades Autónomas litorales; dos representantes de rango equivalente a Director General de Ceuta y Melilla; y un Secretario (rango *subdirector general*) de la Dirección General de la Marina Mercante. Adicionalmente, se añade una cláusula de *delegación* (artículo 8.3): el Secretario General de Transportes podrá delegar la Presidencia del Comité en el Director General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento, permitiendo flexible ejecución de funciones según necesidades operativas. El decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE (12 de junio de 2010). No modifica las funciones sustantivas de la Comisión ni su mandato legal, sino únicamente la jerarquía administrativa de nombramiento. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Gobierno reorganiza internamente quién lidera la Comisión de Salvamento Marítimo: pasa de depender del Subsecretario de Fomento al Secretario General de Transportes. Las misiones de la Comisión (coordinar rescates en el mar, prevenir contaminación marina) permanecen iguales; solo cambia a quién reporta. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación administrativa:** Si tienes responsabilidades relacionadas con salvamento marítimo, iniciativas o planes que requieren coordinación con esta Comisión, dirígete ahora al Secretario General de Transportes como Vicepresidente e interlocutor principal, no al anterior Subsecretario de Fomento. ℹ️ **Delegación operativa permitida:** El documento permite que el Secretario General delegue la Presidencia del Comité Ejecutivo en el Director General de la Marina Mercante. Esto significa que en la práctica operativa puede haber un ejecutor diferente según circunstancias; verifica a quién corresponde en cada caso. ℹ️ **Contexto transfronterizo:** Esta estructura coordinadora es relevante para España en espacios marítimos compartidos (Atlántico con Portugal, Mediterráneo con Francia) y en aguas under supervisión de Ceuta y Melilla. La Comisión facilita coordinación bilateral en salvamento marítimo conforme a marcos internacionales. 📋 **Entrada en vigor inmediata:** El decreto produce efectos desde el 12 de junio de 2010. Las composiciones y atribuciones anteriores quedan derogadas a partir de esa fecha. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 765/2010, la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo tenía una estructura definida por el RD 1217/2002, que establecía su composición y funciones bajo el Ministerio de Fomento. Esta norma se ajustaba a la legislación estatal y a las directrices de la Unión Europea sobre salvamento marítimo y protección ambiental. La modificación introducida por el RD 765/2010 reflejaba la reorganización interna del Ministerio de Fomento, alineándose con las nuevas competencias y estructuras de las Comunidades Autónomas y del Estado. Esta adaptación fue relevante para garantizar la eficacia y coordinación en el ámbito marítimo, respondiendo a los cambios institucionales y a las exigencias de la UE.

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