Orden DEF/1766/2010, de 24 de junio, por la que se crea la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden DEF/1766/2010, de 24 de junio, por la que se crea la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-ORD / Ministerio de Defensa / Orden Ministerial / 24 de junio de 2010 / DEF/1766/2010 / Español / Administración Electrónica; Sede Electrónica; Servicios Públicos Digitales; Seguridad Informática / Nacional / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta orden ministerial crea la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (SECMD), un portal digital centralizado a través del cual los ciudadanos pueden comunicarse electrónicamente con el Ministerio y acceder a sus servicios, trámites y procedimientos administrativos con plenas garantías de seguridad, autenticación y confidencialidad. --- **CONTEXTO** La Ley 11/2007 reconoció el derecho de los ciudadanos a comunicarse electrónicamente con las administraciones públicas, lo que requería crear espacios digitales seguros y regulados denominados "sedes electrónicas". El Real Decreto 1671/2009 estableció que cada ministerio debe crear su propia sede mediante orden publicada en el BOE. El Ministerio de Defensa implementa esta obligación para centralizar sus servicios en línea y reducir la dispersión de plataformas existentes, mejorando la accesibilidad y la garantía jurídica de las transacciones electrónicas con los ciudadanos. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden crea la SECMD como dirección electrónica única (https://sede.defensa.gob.es) conforme a los requisitos de la Ley 11/2007 y sus normas de desarrollo. Su ámbito de aplicación alcanza a todos los órganos del Ministerio de Defensa y organismos autónomos adscritos, con excepción del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), que crearán sus propias sedes mediante resolución. La SECMD incluirá un Modelo de Contenidos y Servicios (publicación de trámites, procedimientos y servicios que requieran autenticación electrónica); un Modelo Organizativo (asignación de responsabilidades entre órganos técnicos y gestores) y un Modelo Funcional (competencias del responsable funcional para validar, autorizar e integrar contenidos). El responsable funcional, designado en la Dirección General de Infraestructura, centralizará las demandas de publicación, validará que los contenidos se ajusten a criterios técnicos, de seguridad (*Esquema Nacional de Seguridad*), accesibilidad e interoperabilidad, y autorizará su incorporación. Los contenidos mínimos incluyen la propia orden de creación, resoluciones sobre sellos electrónicos, enlaces al portal general de la Administración General del Estado y referencias a ISFAS y CNI. La responsabilidad técnica recae en la Subdirección General de Servicios Técnicos y Telecomunicaciones. Para cada procedimiento administrativo, el órgano gestor responsabiliza los contenidos. La SECMD garantiza confidencialidad, integridad y disponibilidad de las comunicaciones electrónicas conforme a la normativa aplicable sobre esquema nacional de seguridad (Real Decreto 3/2010) e interoperabilidad (Real Decreto 4/2010). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Ministerio de Defensa pone en marcha un portal web seguro y oficial donde los ciudadanos pueden hacer trámites digitales con garantía legal. Cada órgano del ministerio debe usar este portal centralizado en lugar de plataformas dispersas. La orden detalla quién es responsable de qué y cómo se controla que todo funcione correctamente y de forma segura. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de centralización**: Todos los órganos del Ministerio de Defensa están obligados a publicar sus servicios electrónicos en la SECMD a través del responsable funcional; no pueden mantener plataformas alternativas o paralelas. ✅ **Garantías jurídicas reforzadas**: A diferencia de las "oficinas virtuales" previas, la sede electrónica ofrece plenas garantías de identificación, autenticación, confidencialidad e integridad conforme a estándares de seguridad pública (Esquema Nacional de Seguridad). ⚠️ **Cambio de responsabilidades**: ISFAS y CNI quedan fuera de esta orden y deben crear sus propias sedes por resolución; los convenios de colaboración con otros organismos públicos pueden ampliar el ámbito, pero requieren acuerdos específicos. ℹ️ **Validación de contenidos**: El acceso a nuevos servicios no es automático; el responsable funcional debe validar que se ajusten a criterios de rediseño y simplificación (Ley 11/2007, art. 34) antes de autorizarlos. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden DEF/1766/2010, las administraciones públicas españolas, incluido el Ministerio de Defensa, no contaban con una sede electrónica centralizada, lo que generaba una dispersión de plataformas y dificultaba el acceso uniforme a los servicios digitales. La Ley 11/2007 estableció el derecho a la comunicación electrónica con las administraciones, mientras que el Real Decreto 1671/2009 obligó a los ministerios a crear sus propias sedes electrónicas. La importancia de esta norma radica en que permitió centralizar los servicios del Ministerio de Defensa en una única plataforma segura, mejorando la eficiencia, la accesibilidad y la garantía jurídica de las transacciones electrónicas.