Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden ITC/1890/2010, de 13 de julio, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros y las retribuciones reguladas en el sistema del gas natural.

BOE-A-2010-12271Publicada: 31/07/2010MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Corrección de errores de la Orden ITC/1890/2010 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Campo | Valor | |-------|-------| | **Jurisdicción** | ES | | **Fuente** | BOE-ORD | | **Órgano** | Ministerio de Industria, Turismo y Comercio | | **Tipo** | Corrección de errores / Errata | | **Fecha orden original** | 13 de julio de 2010 | | **Publicación BOE** | Nº 171, de 15 de julio de 2010 | | **Materias** | Gas natural · Distribución · Tarifas · Infraestructuras energéticas | | **Ámbito** | Regulación técnico-administrativa | | **Relevancia IW** | MEDIA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** La errata corrige cuatro errores materiales de la Orden ITC/1890/2010 sobre regulación del gas natural: precisión de coeficientes de pérdidas (*mermas*) en redes de distribución, eliminación de referencia técnica innecesaria, corrección de un rótulo de artículo y ajuste de la fecha de entrada en vigor de un coeficiente tarifario. --- **CONTEXTO** La Orden ITC/1890/2010 estableció el marco regulatorio para el acceso de terceros y las retribuciones en el sistema español de gas natural, incluyendo parámetros técnicos y económicos esenciales para operadores y distribuidoras. Esta corrección, publicada poco después en el BOE, soluciona imprecisiones que afectaban a la interpretación y aplicación práctica de la norma. Su importancia radica en la clarificación de coeficientes de pérdidas técnicas que inciden directamente en la fijación de tarifas de acceso a redes. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La errata corrige cuatro aspectos específicos: **Primero**, en la disposición adicional quinta (coeficientes de mermas de distribución), se precisa que las pérdidas por fricción en redes a presión ≤4 bar representan el 1% de entradas gaseosas, se añade una categoría nueva para redes alimentadas desde planta satélite (2% para presión ≤4 bar), y se especifica que las pérdidas en redes a presión >4 bar son del 0,39% (eliminándose la referencia a "*de las entradas de gas a la red*" en esta última, lo que implica un cambio interpretativo sobre la base de cálculo). **Segundo**, en la disposición final primera, apartado 5, se elimina la mención explícita al "*valor definitivo del factor IPH*" (índice de precios de hidrocarburos, *hydrocarbon price index*), sustituyéndola por una fórmula más genérica: "*conforme se disponga del valor definitivo*". Esta redacción evita vinculaciones rígidas a índices específicos que podrían haber quedado obsoletos. **Tercero**, se corrige el rótulo del Artículo 3 en la disposición final tercera, de "*Cuotas destinadas a fines específicos*" a "*Reconocimiento de inversiones en almacenamientos subterráneos incluidos en la red básica*", alineándolo con el contenido real del precepto. **Cuarto**, en la disposición final sexta se rectifica la fecha de entrada en vigor del nuevo coeficiente de mermas de regasificación, del 1 de agosto al 1 de octubre de 2010, presumiblemente para acomodar procesos administrativos de aplicación en operadores. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El BOE corrige pequeños pero importantes errores de redacción en la norma que fija cómo se distribuye el gas natural en España y cuánto cobran las empresas por ello. Los cambios aclaran qué pérdidas técnicas se permiten en cada tipo de red y cuándo entran en vigor los nuevos porcentajes. Es un ajuste administrativo necesario para que distribuidoras e inversores sepan exactamente a qué atenerse. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de aplicación retroactiva parcial**: La corrección del coeficiente de mermas de regasificación (1 de octubre vs. 1 de agosto) puede afectar liquidaciones ya realizadas en agosto-septiembre de 2010; verificar si requería liquidación complementaria. Operadores de regasificación deben revisar contabilidad de ese período. ⚠️ **Riesgo interpretativo en base de cálculo**: La eliminación de "*de las entradas de gas a la red*" en la merma del 0,39% (>4 bar) modifica potencialmente la base de cálculo tarifario. Distribuidoras deben confirmar con regulador si la base pasa a ser peaje o volumen real circulado, afectando márgenes. ✅ **Clarificación favorable en índices de revisión**: La sustitución del "factor IPH" por "valor definitivo" genericista otorga mayor flexibilidad regulatoria para futuras revisiones tarifarias sin necesidad de nuevas órdenes ministeriales. ℹ️ **Relevancia para España**: Esta norma es de aplicación exclusiva en régimen español de gas natural; operadores transfronterizos (PE, FR, PT) con filiales distribuidoras en España deben armonizar sus parámetros internos con estos coeficientes corregidos. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden ITC/1890/2010, el marco regulatorio del gas natural en España se basaba en normativas estatales y europeas que establecían principios generales sobre acceso de terceros y retribuciones, pero carecían de un marco detallado y específico. La Orden de 2010 introdujo un sistema más estructurado, con parámetros técnicos y económicos claros, alineándose con la regulación de la Unión Europea y las prácticas de las Comunidades Autónomas. Esta corrección de errores es relevante porque garantiza la precisión y coherencia del marco regulatorio, afectando directamente a operadores, distribuidoras y usuarios finales en la aplicación de tarifas y condiciones de acceso.

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