Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ITC/2373/2010, de 9 de septiembre, por la que se aprueban los modelos de impresos de las autoliquidaciones de las aportaciones y pagos a cuenta previstos en la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación RTVE.

BOE-A-2010-13996Publicada: 11/09/2010MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden ITC/2373/2010, de 9 de septiembre, por la que se aprueban los modelos de impresos de las autoliquidaciones de las aportaciones y pagos a cuenta previstos en la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación RTVE. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-ORD / Ministerio de Industria, Turismo y Comercio / Orden Ministerial / 9 de septiembre de 2010 / ITC/2373/2010 / Español / Telecomunicaciones, Radiodifusión y televisión, Financiación pública, Procedimientos administrativos / Operadores de telecomunicaciones y proveedores de servicios de televisión de ámbito geográfico estatal o superior a comunidades autónomas / INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Aprueba cuatro modelos normalizados de formularios electrónicos que deben utilizar los operadores de telecomunicaciones y proveedores de televisión de cobertura estatal para realizar sus aportaciones obligatorias a la financiación de la Corporación RTVE ante la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. --- **CONTEXTO** La Ley 8/2009 de Financiación de RTVE estableció un sistema de aportaciones obligatorias de ciertos operadores de telecomunicaciones y proveedores de servicios audiovisuales de ámbito estatal para contribuir a la financiación pública de la corporación de radio y televisión. La gestión integral de estas aportaciones (recaudación, liquidación, inspección) se asignó a la CMT. Esta orden concreta aprueba los formularios normalizados y electrónicos que operativalizan el procedimiento de declaración y pago de dichas obligaciones, completando el desarrollo reglamentario iniciado por el Real Decreto 1004/2010. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden aprueba cuatro modelos de impresos de autoliquidación y pagos a cuenta: **Modelo A1:** «Aportación a realizar por los operadores de telecomunicaciones de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma» (artículo 5, Ley 8/2009, de 28 de agosto). Dirigido a operadores de telecomunicaciones que actúan en todo el territorio español o en varias comunidades autónomas. **Modelo A2:** «Aportación a realizar por los prestadores del servicio de televisión en modalidad de acceso abierto o condicional de pago de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma» (artículo 6, Ley 8/2009). Dirigido a operadores audiovisuales de televisión con cobertura estatal. **Modelo A3:** «Pago a cuenta a realizar por los operadores de telecomunicaciones» (disposición adicional sexta, Ley 8/2009). Corresponde a los pagos a cuenta de la aportación íntegra, realizados el 31 de diciembre de cada año. **Modelo A4:** «Pago a cuenta a realizar por los prestadores del servicio de televisión» (disposición adicional sexta, Ley 8/2009). Equivalente al anterior para proveedores audiovisuales. Cada modelo consta de dos ejemplares: uno conservado por el obligado como justificante de ingreso, y otro que recibe la entidad colaboradora ((*entidad bancaria colaboradora*)) donde se realiza el pago efectivo. Los formularios se publican en la página web de la CMT (www.cmt.es), donde también figuran las entidades financieras autorizadas como colaboradoras y los datos bancarios para efectuar los ingresos. La presentación y realización de estos pagos es obligatoriamente electrónica. La CMT gestiona la recaudación, liquidación, inspección y control del cumplimiento de estas obligaciones. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Las empresas de telecomunicaciones y televisión con alcance estatal están obligadas a contribuir a la financiación de RTVE usando cuatro formularios específicos aprobados por esta orden. Rellenan el modelo que les corresponde telemáticamente, lo presentan a través de un banco colaborador y guardan una copia como prueba de pago. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de usar modelos normalizados:** Todos los operadores de telecomunicaciones y prestadores de televisión de ámbito estatal deben cumplimentar obligatoriamente los modelos A1, A2, A3 o A4 según su condición (operador de telecom o de TV) y el tipo de aportación (aportación completa o pago a cuenta). No es válida la presentación con otros formularios. ℹ️ **Disponibilidad y gestión electrónica:** Los formularios están disponibles en www.cmt.es, donde constan también las entidades bancarias colaboradoras y las cuentas donde ingresar. La presentación es obligatoriamente telemática; la CMT gestiona el procedimiento completo (recaudación, liquidación, inspección). 📋 **Conservación de ejemplares:** El obligado conserva un ejemplar como justificante de ingreso (acreditación de pago), mientras que la entidad colaboradora se queda con el otro. Esta dualidad garantiza trazabilidad y control. ℹ️ **Alcance subjetivo limitado:** La orden solo vincula a operadores de telecomunicaciones y prestadores de TV de ámbito geográfico estatal o superior a comunidades autónomas; operadores locales o autonómicos no están sujetos a estas obligaciones de aportación. --- **VOTOS PARTICULARES** No aplica. Se trata de una orden ministerial de naturaleza procedural y no contencioso-administrativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden ITC/2373/2010, no existían modelos normalizados para las autoliquidaciones de aportaciones a RTVE, lo que generaba ineficiencias y falta de homogeneidad en la gestión. Esta norma establece un marco estatal uniforme, sustituyendo prácticas anteriores que variaban según las comunidades autónomas o el ámbito territorial. La importancia radica en la creación de un sistema centralizado que mejora la transparencia y la eficacia en la financiación pública de RTVE, alineándose con la Ley 8/2009 y facilitando la aplicación uniforme a nivel estatal.

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