Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 938/2010, de 23 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Asociación Saborea España.

BOE-A-2010-13488Publicada: 28/08/2010MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 938/2010, de 23 de julio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Campo | Valor | |-------|-------| | **JURISDICCIÓN** | ES (España) | | **FUENTE** | ES-BOE-REA | | **ÓRGANO** | Consejo de Ministros / Ministerio de Industria, Turismo y Comercio | | **TIPO** | Real Decreto | | **FECHA** | 23 de julio de 2010 | | **IDENTIFICADOR** | RD 938/2010 | | **IDIOMA ORIGINAL** | Español | | **MATERIAS** | Subvenciones públicas, Turismo, Promoción turística internacional, Gastronomía, Turismo enogastronómico | | **ÁMBITO** | Estatal | | **RELEVANCIA IW** | MEDIA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** El Consejo de Ministros autoriza una subvención directa (sin convocatoria abierta competitiva) a la Asociación Saborea España para financiar actividades de promoción internacional del turismo gastronómico español y el posicionamiento de España como destino turístico culinario en mercados internacionales. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El Real Decreto responde a una estrategia de diversificación de la oferta turística española recogida en el Plan de Turismo Español Horizonte 2020 (aprobado en noviembre de 2008). La gastronomía se identifica como producto turístico de alto potencial para aumentar la rentabilidad del sector y la atracción internacional hacia España. La Asociación Saborea España nace como iniciativa integradora en julio de 2009, impulsada por la Federación Española de Hostelería y Restauración (FEHR) junto con cocineros profesionales, asociaciones de restauradores y destinos especializados en turismo gastronómico. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El RD 938/2010 autoriza la concesión directa de una subvención a la Asociación Saborea España al amparo de lo dispuesto en los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003 de Subvenciones y el artículo 67 del Reglamento de desarrollo (RD 887/2006). La justificación para eludir el procedimiento ordinario de convocatoria abierta radica en el «carácter integrador» de la iniciativa y la «entidad de los socios» que la impulsan, argumentando que una convocatoria competitiva «resultaría contraproducente» al fragmentar a potenciales interlocutores. El beneficiario es la Asociación Saborea España, que integra representación estatal de más de 360.000 empresas del sector de restauración, cocineros profesionales de 18 países a través de Euro-Toques, y 12 destinos piloto (ampliables a treintena en 2011): Santiago, Gijón, San Sebastián, Zaragoza, Lleida, Cambrils, Valencia, Albacete, Ciudad Real, Lanzarote, Badajoz y Valladolid. La subvención financiará actuaciones concretas: gestión y coordinación del Club de Producto Gastronómico, diagnóstico de la oferta enogastronómica nacional, diseño de experiencias turísticas innovadoras, desarrollo de plataforma web corporativa, creación de gastromapas de destinos miembros, y concurso de tapas «Expotapa». El RD se ampara constitucionalmente en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución (competencia estatal en planificación económica) y operativamente en las competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (RD 542/2009) y del Instituto de Turismo de España —Turespaña— (RD 561/2009) en materia de promoción turística internacional y comercialización de productos españoles en exterior. El procedimiento ha incluido consulta previa a comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla (6 de julio de 2010), cumpliendo los requisitos de colaboración intergubernamental en materia turística. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Estado español aprueba una ayuda económica directa (sin competencia entre candidatos) para una asociación que agrupa restauradores, cocineros y destinos españoles con el objetivo de promocionar la gastronomía española internacionalmente como atractivo turístico. El documento justifica esta excepción a las reglas ordinarias de subvenciones porque la iniciativa requiere coordinación integrada y no funcionaría bien si se fragmentara en múltiples proyectos competidores. El dinero se destina a estudios, plataformas web, mapas gastronómicos y promoción conjunta. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Excepción al régimen ordinario de subvenciones**: Esta es una concesión directa bajo artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003 y artículo 67 RD 887/2006. No fue convocatoria abierta, por lo que no aplicable a otros solicitantes que cumplan requisitos generales —es un régimen singular por razones de «interés público, económico y social». ✅ **Alianza sectorial consolidada**: La estructura integradora (FEHR + 75 asociaciones + cocineros profesionales + 12 destinos) representa una masa crítica que justifica el tratamiento excepcional. Relevante para análisis de legitimidad de ayudas estatales. ⚠️ **Compatibilidad con normativa europea de ayudas de Estado**: Aunque el RD no lo desarrolla, esta subvención directa requeriría potencial análisis bajo Tratados UE y notificación Comisión Europea si el importe superase umbrales de notificación. Verificar comunicaciones de exención o compatibilidad en base reglamentos GBER. ℹ️ **Procedimiento participativo autonómico**: El RD evidencia consulta previa a comunidades autónomas (6 julio 2010), aunque sin poder decisorio. Relevante para gobernanza turística descentralizada en España y coordinación Estado-CCAA en promoción turística. --- **VOTOS PARTICULARES** No aplica (documento normativo, no resolución jurisdiccional). --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 938/2010, la regulación de subvenciones en España se basaba en normativas estatales y autonómicas, con un marco general definido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de subvenciones. Este real decreto introduce una excepción a ese marco al permitir la concesión directa de una subvención sin convocatoria competitiva, algo poco común en el ámbito estatal. Esta medida refleja una estrategia más flexible y orientada a resultados, alineada con la política turística de la Unión Europea, que también promueve la promoción de productos culturales y gastronómicos como herramientas para el desarrollo sostenible del turismo. La importancia de este documento radica en su contribución a la visibilización de la gastronomía española en mercados internacionales, fortaleciendo la imagen de España como destino turístico de calidad.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →