Enmienda del Acuerdo sobre la creación del Fondo Africano de Desarrollo, adoptada por el Consejo de Gobernadores el 16 de noviembre de 1992 mediante Resolución F/BG/92/10.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una resolución que modifica el Acuerdo por el que se creó el Fondo Africano de Desarrollo. Concretamente, cambia la definición de la "unidad de cuenta" que usa ese Fondo, es decir, la referencia monetaria con la que calcula sus operaciones. Aunque fue adoptada en 1992 y entró en vigor el 1 de enero de 1993, España publicó su constancia oficial en 2024. **¿A quién afecta?** Afecta al Fondo Africano de Desarrollo como institución y a los Estados miembros que forman parte de su Acuerdo constitutivo, entre ellos España. No genera obligaciones directas para ciudadanos particulares, sino que regula el funcionamiento interno y contable del Fondo a nivel internacional. **¿Qué cambia o establece?** Sustituye la definición anterior de "unidad de cuenta" del Fondo por una nueva: a partir de ese momento, el Fondo usará la misma unidad de cuenta que utilice en cada momento el Banco Africano de Desarrollo, en lugar de tener una propia e independiente. El objetivo es alinear ambas instituciones y simplificar su operativa financiera conjunta.
💬 Contexto ciudadano
La alineación de la unidad de cuenta del Fondo Africano de Desarrollo con la del Banco Africano de Desarrollo es una medida de simplificación operativa que evita divergencias en la valoración de activos y obligaciones cuando ambas instituciones operan en los mismos proyectos. Esta convergencia es análoga a la que existe entre el FMI y el Banco Mundial en el uso de los DEG como unidad de referencia común. Su publicación en el BOE en 2024 —más de tres décadas después de su adopción en 1992— ilustra la lentitud del proceso de incorporación de algunos instrumentos internacionales al ordenamiento español, proceso que el Ministerio de Exteriores ha acelerado en los últimos años para completar el registro de su hemeroteca convencional.