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Corrección de errores del Real Decreto 752/2010, de 4 de junio, por el que se aprueba el primer programa de desarrollo rural sostenible para el período 2010-2014 en aplicación de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural.

BOE-A-2010-14197Publicada: 16/09/2010MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Corrección de errores del Real Decreto 752/2010, de 4 de junio, por el que se aprueba el Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **JURISDICCIÓN:** ES | **FUENTE:** ES-BOE-REA | **ÓRGANO:** Gobierno de España (Ministerio del Interior) | **TIPO:** Real Decreto — Rectificación de errores | **FECHA:** RD 4 junio 2010 (publicación original BOE nº 142, 11 junio 2010); esta corrección publicada en BOE posterior | **IDENTIFICADOR:** RD 752/2010 — Errata | **IDIOMA ORIGINAL:** Español | **MATERIAS:** Desarrollo rural sostenible, financiación pública, elegibilidad territorial, asignación presupuestaria | **ÁMBITO:** Nacional (España) | **RELEVANCIA IW:** INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Rectifica errores materiales (cifras presupuestarias, datos demográficos y territoriales) contenidos en el Real Decreto 752/2010 que aprobó el Programa de Desarrollo Rural Sostenible 2010-2014. Las correcciones afectan a presupuestos, superficie, población y delimitación geográfica de zonas rurales. --- **CONTEXTO** El RD 752/2010 implementaba la Ley 45/2007 de desarrollo sostenible del medio rural, estableciendo el primer programa plurianual de inversión (2010-2014) con fondos públicos destinados a acciones en zonas rurales según criterios de demarcación territorial y presupuestaria. Esta errata es necesaria para asegurar la precisión de datos en la ejecución del programa y la correcta elegibilidad de municipios y zonas. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El documento ordena múltiples correcciones distribuidas en diferentes páginas del BOE original: En materia presupuestaria: la partida para "Identificación de la parte del crédito orientada a desarrollo rural según PDRS y Planes de Zona Rural" se modifica de 61.117.000 a 53.250.000 euros. En datos territoriales y demográficos nacionales: la superficie total se rectifica de 426.071 a 426.088 Km²; la población de 10.579.281 a 10.596.958 habitantes (porcentaje sobre población española: 22,92 % → 22,96 %). Para zonas periurbanas específicamente: población de 2.165.852 a 2.183.529; superficie de 35.360 a 35.377 Km². En datos por comunidad autónoma: Aragón (zonas periurbanas) corrige población de 104.601 a 122.278 y superficie de 2.655,79 a 2.672,8 Km². En Castilla-La Mancha, la zona rural "Cabañeros" se asigna a "Ciudad Real y Toledo" (en lugar de solo "Ciudad Real"). En delimitación de zonas: se añaden municipios a programas existentes: Utebo a la zona rural D.C. Zaragoza (con consecuente corrección de población de 48.220 a 65.897 y superficie de 1.300,99 a 1.318 Km²); Ciruelos a la zona rural Mancha Toledana; San Nicolás de Tolentino a Gran Canaria; Valdehornillos (entidad local menor de Don Benito) a La Serena-Vegas Altas y Guadiana. Corrección ortográfica: "Sagrada" → "Sagradas" (Extremadura). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se trata de una "fe de erratas": correcciones de números mal escritos en el documento aprobado. Afecta presupuestos (bajan de 61 a 53 millones), cifras de población y territorio, y precisa qué municipios concretos están incluidos en cada zona rural con derecho a financiación. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Si participas en el programa (como beneficiario, ejecutor o administración territorial):** verifica inmediatamente que tu zona o municipio aparezca reflejado con los datos rectificados. Las correcciones de población y superficie pueden afectar a criterios de elegibilidad posteriores. ⚠️ **Reducción presupuestaria significativa:** la partida desciende en 7.867.000 euros (12,8 %), lo que puede impactar en la intensidad de ayuda por zona o la cofinanciación disponible. Revisa si tu programa específico está afectado. 📋 **Incorporación de nuevos municipios:** Utebo, Ciruelos, San Nicolás de Tolentino y entidades locales menores pasan a ser elegibles (comienzo de periodo de elegibilidad). Pueden generar derechos a financiación o modificar la cuantía asignada a la zona. ℹ️ **Datos demográficos rectificados son vinculantes:** la población y superficie corregidas serán el referente oficial para cualquier cálculo de distribución de fondos o revisión futura del programa. Cualquier acto administrativo posterior debe utilizar estas cifras rectificadas. --- **VOTOS PARTICULARES** No existen votos particulares. Este es un documento de corrección técnica sin contenido de resolución administrativa que genere posiciones minoritarias. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 752/2010, no existía un programa específico de desarrollo rural sostenible a nivel estatal con alcance plurianual, aunque la Ley 45/2007 ya establecía marcos generales para el desarrollo rural. Este RD fue el primero en implementar dicha ley, estableciendo un programa financiado con recursos públicos para zonas rurales, con criterios de demarcación territorial. La corrección de errores en este documento es relevante porque afecta a presupuestos, superficies y delimitaciones territoriales, lo que puede influir en la asignación de recursos y la elegibilidad de comunidades autónomas y municipios para recibir financiación.

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