Reglamento UENacionalvigente

Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 7 de noviembre de 1989) adoptadas en la 37ª Sesión (21ª extraordinaria) de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 15 de mayo de 2008.

BOE-A-2010-15354Publicada: 08/10/2010MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REG — Tabla modificada de Tasas anexa al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **Jurisdicción** ES / **Fuente** ES-BOE-REG / **Órgano** Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes (Unión PCT) / **Tipo** Reglamento (Tabla de tasas modificada) / **Fecha de adopción** 15 de mayo de 2008 / **Vigencia** 1 de julio de 2008 / **Identificador** Trigésimo séptimo período de sesiones (21.° extraordinario) / **Idioma original** Español/Multilingüe / **Materias** Derecho de patentes; procedimiento internacional (PCT); tasas administrativas / **Ámbito** Solicitudes internacionales de patentes en jurisdicciones adheridas al Tratado / **Relevancia IW** MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Establece la estructura de tasas y reducciones que deben satisfacer los solicitantes internacionales de patentes por el sistema PCT (Tratado de Cooperación en Materia de Patentes), vigente desde el 1 de julio de 2008. Define importes en francos suizos y porcentajes de descuento según formato de presentación y perfil del solicitante. --- **CONTEXTO** El Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) es un sistema internacional que permite presentar una única solicitud de patente que produce efectos en múltiples países adheridos, simplificando trámites y costes respecto a solicitudes nacionales separadas. España es signataria desde 1989. Estos aranceles son de renovación periódica según decisiones de la Asamblea de la Unión y resultan esenciales para inventores y empresas con proyección internacional que buscan protección multinacional de innovaciones. La adopción de nuevas tablas refleja cambios en costes operacionales de la Oficina Internacional del PCT (OMPI). --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La tabla establece dos tasas fundamentales: (1) **Tasa de presentación internacional** (conforme a Regla 15.2 del Reglamento PCT): 1.330 francos suizos más 15 francos suizos por cada hoja que exceda de 30 páginas; (2) **Tasa de tramitación** (Regla 57.2): 200 francos suizos. El documento prevé reducciones sobre la tasa de presentación según el formato de presentación: 100 francos suizos si se presenta en papel con copia electrónica codificada del petitorio y resumen; 100 francos suizos en formato electrónico con petitorio no codificado; 200 francos suizos si petitorio está codificado; 300 francos suizos cuando petitorio, descripción, reivindicaciones y resumen están en formato codificado (incentivando la presentación digital). Asimismo, introduce un **descuento del 90%** tanto en la tasa de presentación como de tramitación (aplicado después de cualquier otra reducción) para: (a) personas físicas nacionales y domiciliadas en Estados cuya renta nacional per cápita (según criterios ONU 1995-1997) sea inferior a 3.000 dólares estadounidenses o en una lista específica de países en desarrollo (Antigua y Barbuda, Bahrein, Barbados, Emiratos Árabes Unidos, Jamahiriya Árabe Libia, Omán, Seychelles, Singapur, Trinidad y Tabago); o (b) personas físicas o jurídicas nacionales de Estados catalogados como países menos desarrollados por la ONU. En caso de múltiples solicitantes, cada uno debe satisfacer individualmente estos criterios. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Si solicitas una patente por el sistema internacional PCT, pagarás una tasa fija más otra según páginas. Si presentas en formato digital, pagas menos. Y si eres de un país en desarrollo, el descuento es muy grande (90%). Es el precio que fija la OMPI para que tu invento esté protegido en muchos países al mismo tiempo. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de reducción por formato digital**: La presentación totalmente codificada (petitorio, descripción, reivindicaciones y resumen) genera descuento de 300 francos suizos sobre la tasa base, incentivando eficiencia operacional. Resulta más económico si tu oficina de patentes dispone de sistemas de generación de formato codificado. ⚠️ **Acreditación de criterios de reducción para países en desarrollo**: El descuento del 90% requiere acreditación documentada de nacionalidad y domicilio en Estado elegible. La lista de países de renta baja es cerrada y requiere verificación en cada solicitud. Cambios posteriores en criterios ONU pueden afectar elegibilidad de nuevos Estados. 📋 **Tasas en moneda extranjera (francos suizos)**: Los importes se expresan en CHF, no en EUR. La conversión al momento del pago dependerá de tipos de cambio publicados por OMPI. Recomendable consultar tarifa exacta en francos en fecha próxima a presentación. ℹ️ **Aplicación acumulativa de reducciones**: Las reducciones por formato (punto 3) se aplican primero; después se aplica la reducción del 90% si reúnes criterios de país en desarrollo (punto 4). No son alternativas sino complementarias, lo que multiplica el ahorro para solicitantes elegibles. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la entrada en vigor de la tabla modificada de tasas del PCT en 2008, las tasas para solicitudes internacionales de patentes variaban según las normativas estatales y autonómicas de cada país miembro, lo que generaba incoherencias y complejidades en el proceso. La norma establecida por la Asamblea de la Unión PCT en 2008 introdujo un marco uniforme de tasas aplicable a todos los países adheridos, facilitando la comparación y la transparencia entre las CCAA y el Estado. Esta armonización es relevante porque simplifica el acceso a la protección internacional de patentes, reduciendo barreras y promoviendo la innovación en un entorno más predecible.

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