Sentencia de 25 de junio de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 878/2023 contra el Real Decreto 574/2023, de 4 de julio, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la talidomida en España durante el período 1950-1985.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una sentencia del Tribunal Supremo, de 25 de junio de 2024, que resuelve parcialmente a favor de la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (Avite) en su recurso contra el Real Decreto 574/2023, que regulaba el procedimiento para conceder ayudas a las personas afectadas por la talidomida en España entre 1950 y 1985. **¿A quién afecta?** Afecta a las personas que en su día fueron reconocidas oficialmente como afectadas por la talidomida por alguna comunidad autónoma, y que quedaban sometidas a ciertos requisitos del Real Decreto 574/2023 pese a contar ya con ese reconocimiento previo. **¿Qué cambia o establece?** El Tribunal anula tres partes concretas del Real Decreto 574/2023 —el artículo 2.c), el artículo 6.1.h) y el artículo 8.2— en la medida en que imponían sus condiciones a quienes ya habían sido reconocidos como afectados por una administración autonómica. Es decir, quienes ya tenían ese reconocimiento oficial previo no pueden volver a ser sometidos a esos requisitos como si empezaran de cero. El resto del Real Decreto permanece vigente y cada parte asume sus propias costas del proceso.
💬 Contexto ciudadano
Esta segunda sentencia sobre el RD 574/2023, en la misma semana que la sentencia del recurso 891/2023, refuerza la protección de los derechos de los afectados por la talidomida con reconocimiento autonómico previo. La convergencia de ambas resoluciones —dos recursos con idéntico fallo sobre los artículos 2.c), 6.1.h) y 8.2— establece una doctrina judicial consolidada que obliga al Gobierno a reformar el RD 574/2023 para excluir de su ámbito a quienes ya tienen reconocimiento oficial. A diferencia del modelo alemán, donde Grünenthal y el Estado llegaron a un acuerdo extrajudicial amplio en 2009 con una fundación de compensación permanente, el sistema español sigue gestionando el reconocimiento caso a caso mediante procedimiento administrativo revisado judicialmente.