Acuerdo internacional administrativo entre España y el Banco Europeo de Inversiones relativo a la contribución al Fondo Fiduciario ACP Compartimento de los Estados miembros, hecho en Madrid y Luxemburgo el 18 de julio, 9 y 13 de agosto de 2024.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un acuerdo firmado entre España y el Banco Europeo de Inversiones (BEI) por el que España destina 9 millones de euros a un fondo gestionado por el BEI llamado Fondo Fiduciario ACP, concretamente a su compartimento para Estados miembros. Ese dinero proviene de fondos que España ya tenía depositados en el BEI procedentes de antiguos programas de cooperación con países de África, el Caribe y el Pacífico (convenios de Yaundé y Lomé). **¿A quién afecta?** Afecta directamente a España como Estado contribuyente y al BEI como gestor del fondo. De forma indirecta, afecta a los países destinatarios de las operaciones de cooperación al desarrollo que se financien con este fondo, enmarcadas en el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional de la Unión Europea (IVDCI - Europa Global). La representación de España en el fondo recae en la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores. **¿Qué cambia o establece?** El acuerdo fija las condiciones bajo las que España transfiere su contribución al fondo: el BEI la gestionará en nombre de España, las operaciones podrán aprobarse hasta el 31 de diciembre de 2028, y España tendrá un representante con voto en el Comité de Contribuyentes del fondo. Al menos seis meses antes de que termine el periodo de contribución (31 de diciembre de 2027), el BEI deberá proponer al Comité si prorrogar los plazos o dar otro destino al dinero sobrante. No se crea ningún fideicomiso ni figura jurídica similar; simplemente se documenta cómo se administrará esa aportación.
💬 Contexto ciudadano
Los fondos ACP (África, Caribe, Pacífico) fueron el principal instrumento de cooperación al desarrollo entre la UE y los países en desarrollo durante décadas, hasta que el Reglamento IVDCI-Europa Global de 2021 los integró en un marco único. Los 9 millones de euros que España transfiere al Fondo Fiduciario ACP del BEI provienen de cantidades no ejecutadas de los convenios de Yaundé y Lomé, lo que explica el mecanismo de reutilización acordado. Comparado con el modelo bilateral de los grandes donantes europeos —AFD francesa, GIZ alemana—, la canalización de fondos a través del BEI ofrece mayor eficiencia técnica y garantías fiduciarias, aunque reduce la visibilidad y el control directo del donante sobre la asignación final de los recursos en los países beneficiarios.