Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden CUL/3355/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de la Compañía Nacional de Teatro Clásico, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

BOE-A-2011-1646Publicada: 29/01/2011MINISTERIO DE CULTURA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Corrección de errores de la Orden CUL/3355/2010, de 21 de diciembre, por la que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / BOE-ORD / Ministerio de Cultura / Corrección de errores / 21 de diciembre de 2010 (original); errata publicada 29 de diciembre de 2010 / Orden CUL/3355/2010 / Español / Derecho administrativo, organismos públicos de cultura, artes escénicas / Nacional / INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Una corrección de un error de remisión interna en el Estatuto de la Compañía Nacional de Teatro Clásico: donde el artículo 12, apartado 2, hacía referencia incorrecta al "artículo 15.g)", debe entenderse que se refiere al "artículo 14.g)". --- **CONTEXTO** La Orden CUL/3355/2010 estatuyó la Compañía Nacional de Teatro Clásico como centro de creación artística dependiente del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. Se trata de un error técnico detectado en la redacción original publicada en el BOE número 316, de 29 de diciembre de 2010. Esta errata corrige una remisión interna incorrecta que afectaba a la coherencia normativa del documento. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El documento rectifica un error de cita identificado en la página 108202 del Boletín Oficial del Estado. En el artículo 12, apartado 2, del Estatuto de la Compañía Nacional de Teatro Clásico, la redacción original contenía una remisión errónea. Donde se había publicado: «artículo 15.g)», la redacción correcta debe ser: «artículo 14.g)». Se trata de una errata administrativa de remisión interna que afecta únicamente al sistema de referencias cruzadas del Estatuto. Esta corrección asegura que las citas internas del documento coincidan con la estructura real de los artículos del mismo, evitando confusiones en la interpretación de obligaciones o facultades derivadas de dicha remisión. La rectificación no modifica el contenido sustantivo de la norma, sino que restituye la coherencia redaccional original prevista por el legislador. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Es una corrección técnica: el Estatuto hacía referencia a un artículo inexistente. Ahora se aclara que debe leerse "artículo 14.g)" en lugar de "artículo 15.g)". No afecta derechos ni obligaciones, solo ajusta la referencia correcta dentro del mismo documento. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Corrección administrativa** — Esta errata es vinculante: para efectos de aplicación del Estatuto, la cita correcta es la del artículo 14.g), no la publicada inicialmente. ℹ️ **Efecto retroactivo** — La corrección se entiende aplicable desde la fecha de entrada en vigor de la Orden original (2010), sin necesidad de nuevas resoluciones administrativas. ✅ **Relevancia para el sector cultural** — Afecta internamente a la estructura de funcionamiento de la Compañía Nacional de Teatro Clásico; organismos dependientes deben considerar esta rectificación en sus actuaciones administrativas. 📋 **Prevención de conflictos interpretativos** — La clarificación evita disparidades en la lectura del Estatuto entre diferentes órganos administrativos o usuarios del régimen. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta corrección, el Estatuto de la Compañía Nacional de Teatro Clásico, aprobado por la Orden CUL/3355/2010, contenía un error de remisión interna en el artículo 12, apartado 2, que mencionaba incorrectamente el artículo 15.g) en lugar del 14.g). Este error, detectado en la publicación original en el BOE, afectaba la coherencia normativa del documento. La corrección busca garantizar la precisión jurídica y la correcta aplicación del Estatuto, asegurando que las referencias internas sean coherentes con el marco legal estatal y autonómico aplicable a las instituciones culturales. La importancia de esta corrección radica en su impacto en la interpretación y aplicación de las normas que regulan la gestión y funcionamiento de centros artísticos públicos.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →