Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 103/2011, de 28 de enero, por el que se modifica el Estatuto de la entidad pública empresarial Ferrocarriles de Vía Estrecha, aprobado por Decreto 584/1974, de 21 de febrero.

BOE-A-2011-3585Publicada: 23/02/2011MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-RD — Real Decreto 103/2011, de 28 de enero ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-RD-103/2011 | ÓRGANO: Consejo de Ministros / Ministerio de Fomento | TIPO: Real Decreto | FECHA: 28 de enero de 2011 | IDENTIFICADOR: RD 103/2011 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Administración Pública; Entidades Públicas Empresariales; Reorganización administrativa | ÁMBITO: Nacional | RELEVANCIA IW: INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Reduce y reorganiza la estructura de gobierno de FEVE (Ferrocarriles de Vía Estrecha), fijando que su Consejo de Administración esté compuesto por un Presidente y entre 6 y 8 Vocales. Se trata de una reforma administrativa de racionalización del sector público empresarial. --- **CONTEXTO** FEVE es una entidad pública empresarial creada en 1974. En 2010, el Consejo de Ministros dictó un Acuerdo general de racionalización del Sector Público Empresarial que ordenaba reducir el número de consejeros en todas las entidades afectadas en al menos un 15%. Este Real Decreto implementa esa directriz específicamente para FEVE, modificando su Estatuto original de 1974 para ajustar el número y régimen de los órganos de gobierno. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto modifica únicamente el artículo 16 del Estatuto de FEVE, aprobado por Decreto 584/1974, de 21 de febrero. Establece que los órganos de gobierno son el Consejo de Administración y el Presidente. El Consejo de Administración estará integrado por el Presidente más un mínimo de seis y máximo de ocho Vocales. El nombramiento y cese de los Vocales corresponde al Ministerio de Fomento. El Presidente de la entidad es el Presidente del Consejo de Administración. Se introduce una regla de sucesión: en caso de vacante, ausencia o enfermedad del Presidente, asumirá interinamente la presidencia del Consejo de Administración el Vocal más antiguo en el cargo y, a igual antigüedad, el de más edad. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Se faculta al Ministro de Fomento para dictar cuantas disposiciones se estimen necesarias para el desarrollo y aplicación del Real Decreto. Quedan derogadas todas las disposiciones anteriores que se opongan a esta nueva regulación. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** FEVE pasa a tener una junta directiva más pequeña (máximo 8 vocales + presidente). Esto forma parte de un plan del Gobierno para hacer más eficiente el gasto en empresas públicas. El Ministerio de Fomento sigue siendo quien elige y despide a los consejeros, y hay una regla clara para quién manda si el presidente no puede estar. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Cambio estructural obligatorio**: Las entidades de FEVE debían ajustar sus órganos de administración en consonancia con este Real Decreto desde el 29 de enero de 2011 (día siguiente a la publicación). 📋 **Competencia ministerial**: El Ministerio de Fomento conserva la potestad de nombrar y cesar a todos los Vocales del Consejo de Administración; no hay participación de otros órganos en estas decisiones. ⚠️ **Sucesión automática pero temporal**: La sustitución interina del Presidente por el Vocal más antiguo es automática y provisional; no sustituye la necesidad de un nombramiento formal del nuevo Presidente por el Ministerio. ℹ️ **Reforma de racionalización general**: Esta medida forma parte de una política fiscal-administrativa más amplia de contención del gasto público en el Sector Público Empresarial; afectó a múltiples entidades en el mismo período. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la reforma introducida por el Real Decreto 103/2011, FEVE seguía el modelo estatal de organización de entidades públicas empresariales, establecido en su Estatuto de 1974, que permitía una estructura más amplia de gobierno. Esta norma se alinea con la política de racionalización del sector público empresarial impulsada por el gobierno español, que buscaba simplificar y hacer más eficiente la gestión de las entidades públicas, reduciendo el número de consejeros en un 15% como mínimo. La importancia de esta modificación radica en su encaje dentro de un marco de reorganización administrativa nacional, que busca optimizar recursos y mejorar la eficacia del sector público.

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