Orden PRE/629/2011, de 22 de marzo, por la que se modifican los Anexos XI y XII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Orden PRE/629/2011, de 22 de marzo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: BOE-REA | ÓRGANO: Ministerios del Interior, Industria, Turismo y Comercio | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 2011-03-22 | IDENTIFICADOR: PRE/629/2011 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Tráfico, circulación de vehículos, seguridad vial | ÁMBITO: Nacional | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta Orden suprime el límite de velocidad de 80 km/h que debían respetar los conductores noveles (con menos de un año de permiso), manteniendo la obligación de identificarse con la señal V-13 en el vehículo. También adapta los plazos de vigencia de esta obligación a cambios legislativos previos. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El límite de 80 km/h para conductores noveles llevaba en vigor desde 1974, cuando las carreteras españolas, vehículos y sistemas de formación de conductores eran muy distintos a los actuales. España ha invertido en infraestructuras de seguridad vial (12.000+ km de autopistas y autovías) y los vehículos incorporan sistemas de seguridad pasiva y activa homologados conforme a normativa técnica europea muy exigente. La formación de conductores también se ha mejorado significativamente con reciclaje obligatorio de formadores. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Anexo XI del Reglamento General de Vehículos regulaba la señal V-13 («Conductor novel»). Su apartado segundo establecía que los conductores con permiso de antigüedad menor a un año no podían circular a velocidad superior a 80 km/h, sin perjuicio de respetar límites inferiores por otras circunstancias. Esta limitación, fijada en 1974, ha quedado **obsoleta**. La Orden justifica su supresión en: (i) mejora sustancial de la red viaria española —con predominio de autopistas y autovías de última generación—, lo que hace contradictorio obligar a noveles a circular solo 20 km/h por encima del mínimo permitido en autopistas (60 km/h); (ii) evolución de vehículos con dispositivos de seguridad activa y pasiva certificados conforme a normativa europea rigurosa; (iii) mejora cualitativa de la formación de conductores, con reciclaje continuo obligatorio de instructores. Sin embargo, **se mantiene la obligación de llevar la señal V-13** durante un año desde la obtención del permiso, por su valor identificativo. Otros conductores pueden ajustar su comportamiento defensivo conociendo que circulan junto a un conductor novel. Las medidas especiales para noveles se complementan con: tasa de alcoholemia de 0,15 mg/l (frente a 0,25 mg/l general) y asignación inicial de 8 puntos en lugar de 12. La Orden **adapta los supuestos de suspensión del período de un año** a las modificaciones realizadas por la Ley 18/2009 (que elimina la suspensión del permiso) y la Ley 17/2005 (que regula pérdida de vigencia por pérdida de todos los puntos asignados). El cómputo del plazo de un año se suspenderá cuando el permiso pierda vigencia, sufra intervención o se acuerde privación del derecho a conducir. Respecto al **Anexo XII** (dotación obligatoria de vehículos), se suprime la exigencia de que los chalecos reflectantes de alta visibilidad lleven integrado el nombre del fabricante, requisito que **contradecía la Directiva 89/686/CEE** sobre equipos de protección individual (transpuesta al Real Decreto 1407/1992). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los conductores noveles ya no tendrán limitación de velocidad, pero seguirán obligados a llevar la señal V-13 en su vehículo para que otros conductores sepan que tienen poca experiencia. Se ajustan también las normas técnicas de chalecos reflectantes para cumplir con la legislación europea. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de flexibilización**: Supresión de una restricción administrativa (80 km/h) que era claramente obsoleta conforme a infraestructura y tecnología actuales; reconocimiento parlamentario unánime de esta necesidad. ⚠️ **La señal V-13 sigue siendo obligatoria**: No confundir la supresión del límite de velocidad con la eliminación de la identificación. Los noveles deben seguir señalizando su vehículo y pueden ser objeto de mayor vigilancia policial por falta de la señal. 📋 **Adaptación de plazos complejos**: Los conductores noveles cuyo permiso pierda vigencia, sufra intervención o se suspenda tendrán plazos "congelados" que reanudan su cómputo posterior. Requiere verificación caso a caso. ℹ️ **Armonización normativa europeo-nacional**: Supresión del requisito de nombre en chalecos reflectantes alinea la normativa española con la Directiva 89/686/CEE, eliminando un obstáculo innecesario a la comercialización intracomunitaria. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden PRE/629/2011, el límite de 80 km/h para conductores noveles existía desde 1974, en un contexto de infraestructuras menos desarrolladas y formación de conductores menos exigente. En comparación con las normativas estatales y europeas, la norma española reflejaba una adaptación a las condiciones del momento, pero no consideraba las mejoras en seguridad vial y formación actual. La importancia de esta modificación radica en alinear la regulación con los avances técnicos y de seguridad, permitiendo una circulación más flexible sin comprometer la seguridad, en línea con estándares europeos.