Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ITC/619/2011, de 18 de marzo, por la que se corrigen errores de la Orden ITC/3353/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2011 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

BOE-A-2011-5334Publicada: 24/03/2011MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden ITC/619/2011, de 18 de marzo, por la que se corrigen errores de la Orden I ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** Jurisdicción: ES | Fuente: ES-BOE-ORD | Órgano: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio | Tipo: Orden Ministerial (Rectificación de errores) | Fecha: 18 de marzo de 2011 | Identificador: ITC/619/2011 | Idioma original: ES | Materias: Energía eléctrica (tarifas), Régimen especial, Peajes de acceso | Ámbito: Nacional | Relevancia IW: INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta orden corrige once errores materiales (erratas) detectados en la Orden ITC/3353/2010, que había establecido los peajes de acceso a la red eléctrica y las tarifas especiales a partir del 1 de enero de 2011. Los errores afectaban a valores numéricos de peajes, referencias normativas y datos de aplicación. **CONTEXTO** La Orden ITC/3353/2010 fue una norma crucial que reguló las tarifas eléctricas españolas para 2011, incluyendo tanto los peajes de acceso como las primas para instalaciones del régimen especial (energías renovables). Tras su publicación en el BOE de 29 de diciembre de 2010, se detectaron incorrecciones tipográficas y numéricas que precisaban corrección inmediata. Esta errata fue publicada en el BOE el 19 de marzo de 2011. **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden rectifica los siguientes extremos: 1. **Peajes de FEVASA**: Corrige tres valores de peajes para la empresa FEVASA en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 2, modificando cifras de 189 a 922; de 324 a 1.053, y de 363 a 1.095 respectivamente. 2. **Referencias normativas**: En el artículo 2, apartado 5, sustituye la remisión al "artículo 10" por "artículo 8" de la norma que regula los régimenes especiales. 3. **Denominación de conceptos**: En el artículo 3, apartado 1, replace la mención "Año 2007" por "Adjudicación 2.ª subasta déficit ex ante 12 de junio de 2008", precisando la identificación del concepto de desajuste de ingresos. 4. **Corrección de ejercicio**: En el artículo 5, apartado 3, sustituye "liquidación 14 del año 2010" por "liquidación 14 del año 2011", adecuando la temporalidad a la entrada en vigor de la tarifa. 5. **Importe de cuota fija**: En el artículo 6, apartado 2, corrige la cantidad mensual fija de 16,21 euros/kWh por 16,41 euros/kWh. 6. **Año de aplicación**: En el artículo 7, apartado 7, sustituye "para 2010" por "para 2011" respecto a los contenidos del anexo IV. 7. **Plazo administrativo**: En la disposición adicional primera, cambia "31 de marzo de 2010" a "31 de marzo de 2011". 8. **Código de referencia**: En la disposición adicional tercera, rectifica "R1-203" a "R1-283". 9. **Tarifa horaria**: En el anexo IV, en la tarifa con discriminación horaria de 2 periodos, corrige el valor de 14,6 a 10,7. **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Era una orden sobre lo que cuesta acceder a la red eléctrica en 2011. Se detectaron diez y once errores: números equivocados, años que no cuadraban, referencias a artículos incorrectos. El Ministerio los corrigió todos en esta orden para que los operadores aplicaran las tarifas correctas sin confusión. **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad operativa**: Si eres operador o comercializador eléctrico, estos cambios precisaron ajuste inmediato en sistemas de facturación y cálculo de peajes; la corrección de FEVASA afectó directamente sus ingresos tarifarios. ⚠️ **Riesgo de aplicación retroactiva**: Algunos valores se corregían para 2011 pero la orden de corrección era de marzo; verifica si el período 1 de enero-18 de marzo 2011 aplicó valores anteriores y si requería regularización. 📋 **Obligación de enmienda**: Los operadores del régimen especial (plantas renovables) debieron reajustar al momento primas y compensaciones según los anexos rectificados (especialmente anexo IV, tarifa horaria). ℹ️ **Importancia para contexto eléctrico**: Esta errata ilustra la complejidad de la estructura tarifaria eléctrica española pre-reforma 2013; los peajes de acceso fueron posteriormente reformulados en sistemas de mayor simplicidad, haciendo esta orden un documento histórico de la regulación tarifaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden ITC/619/2011, la Orden ITC/3353/2010 establecía los peajes de acceso y tarifas eléctricas para 2011, pero contenía errores numéricos y referencias incorrectas. Esta norma fue crucial para el régimen especial de energías renovables y la regulación estatal de la red eléctrica. La rectificación de 2011 fue necesaria para garantizar la precisión de los datos, evitando confusiones en la aplicación de las tarifas y primas. A nivel comparativo, este tipo de corrección es típica en el marco estatal, donde se prioriza la exactitud normativa, mientras que en la UE se suelen establecer marcos generales que las comunidades autónomas adaptan a su contexto local. La importancia radica en la transparencia y en la correcta aplicación de los mecanismos de financiación y acceso a la red eléctrica.

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