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Real Decreto 1025/2011, de 15 de julio, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.

BOE-A-2011-12267Publicada: 16/07/2011PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 1025/2011, de 15 de julio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-REA | ÓRGANO: Consejo de Ministros | TIPO: Real Decreto regulatorio | FECHA: 2011-07-15 | IDENTIFICADOR: RD 1025/2011 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Administración Pública; Estructura administrativa; Órganos colegiados | ÁMBITO: Nacional | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Crea y estructura las Comisiones Delegadas del Gobierno, es decir, órganos colegiados que actúan como órganos auxiliares del Consejo de Ministros en áreas de importancia estratégica. Define su composición ministerial y sus competencias específicas. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** Las Comisiones Delegadas son instrumentos de coordinación entre ministerios que facilitan la toma de decisiones en materias complejas o transversales sin necesidad de convocar al Consejo de Ministros en pleno. Este Real Decreto acomoda su estructura a la nueva organización gubernamental vigente en 2011, tal como faculta el artículo 6.1 de la Ley 50/1997, del Gobierno. Se trata de normativa de funcionamiento interno de la Administración General del Estado que afecta a la operativa diaria de coordinación ministerial. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El RD 1025/2011 establece nueve Comisiones Delegadas del Gobierno, además de las constituidas por ley: (a) Situaciones de Crisis; (b) Asuntos Económicos; (c) Política Autonómica; (d) Asuntos de Inteligencia; (e) Política Científica y Tecnológica; (f) Política de Inmigración; (g) Cambio Climático; (h) Política de Igualdad; (i) Cooperación al Desarrollo. Cada comisión ejercerá las funciones previstas en el artículo 6.4 de la Ley 50/1997 en relación con los asuntos atribuidos. En cuanto a la **Comisión para Situaciones de Crisis** (art. 2): presidida por el Presidente del Gobierno, integrada por Vicepresidentes y ministros de Asuntos Exteriores, Defensa, Interior, Fomento y Presidencia, más altos cargos de seguridad e inteligencia. Secretario: Director del Gabinete de la Presidencia. La **Comisión para Asuntos Económicos** (art. 3): presidida por la Vicepresidenta de Asuntos Económicos y Ministra de Economía y Hacienda. Integrada por ministros de economía, política territorial, fomento, trabajo, industria, medio ambiente, sanidad. Puede ampliarse con la Ministra de Asuntos Exteriores en temas UE y con otros ministros si afecta presupuestariamente sus áreas. Secretario: Secretario de Estado de Economía. La **Comisión para Política Autonómica** (art. 4): presidida por el Vicepresidente de Política Territorial. Integra ministerios con competencias territoriales y hacendísticas. Secretario: Secretario de Estado de Cooperación Territorial. La **Comisión para Asuntos de Inteligencia** (art. 5): remite a la Ley 11/2002; presidida por Vicepresidente de Política Territorial. Integra ministerios clave en seguridad e inteligencia. La **Comisión para Política Científica y Tecnológica** (art. 6): amplio elenco de funciones (elevar Plan Nacional I+D+i, coordinar investigación interministerial, autorizar adscripción de personal conforme a Ley 13/1986). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Este decreto organiza internamente cómo coordina el Gobierno español decisiones en áreas críticas (economía, defensa, inteligencia, ciencia). No afecta directamente a ciudadanos ni empresas, sino a cómo los ministerios trabajan conjuntamente. Establece quién participa en cada comisión y quién la dirige. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de coordinación**: Los ministerios implicados deben participar en las comisiones asignadas; la no asistencia sin causa justificada puede constituir incumplimiento de directivas gubernamentales internas. 📋 **Ampliación ad hoc**: Varios artículos permiten convocar a otros ministerios si el tema lo requiere (especialmente en comisiones de Economía e Inteligencia), lo que facilita flexibilidad pero exige estar atento a convocatorias. ℹ️ **Documento de organización administrativa**: Este RD ha sido parcialmente modificado por posteriores cambios de estructura gubernamental, por lo que debe verificarse su vigencia actual consultando últimas reorganizaciones del Gobierno en BOE. ⚠️ **Relevancia para gestión pública**: Las decisiones adoptadas en estas comisiones tienen efectos administrativos y presupuestarios; los órganos dependientes deben conocer las líneas marcadas. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1025/2011, las Comisiones Delegadas del Gobierno no existían en su forma actual, aunque se habían utilizado como herramientas de coordinación entre ministerios en contextos anteriores. Este RD establece su estructura formal en el marco de la nueva organización gubernamental de 2011, regulada por la Ley 50/1997. La importancia de esta norma radica en que define un mecanismo eficiente para la toma de decisiones en asuntos complejos o transversales, evitando la necesidad de reuniones del Consejo de Ministros en pleno, lo que mejora la coordinación y la eficacia de la Administración Pública.

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