Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TAP/1955/2011, de 5 de julio, por la que se crea y regula el registro electrónico del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y por la que se modifica Orden PRE/3523/2009, de 29 de diciembre, por la que se regula el registro electrónico común.

BOE-A-2011-12184Publicada: 15/07/2011MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden TAP/1955/2011, de 5 de julio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **Jurisdicción:** ES | **Fuente:** ES-BOE-ORD | **Órgano:** Ministerio de Política Territorial y Administración Pública | **Tipo:** Orden Ministerial | **Fecha:** 2011-07-05 | **Identificador:** TAP/1955/2011 | **Idioma Original:** Español | **Materias:** Administración electrónica, registros electrónicos, procedimientos administrativos, firma electrónica, protección de datos | **Ámbito:** Nacional (España) | **Relevancia IW:** MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta Orden crea un Registro Electrónico único y centralizado del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública para que ciudadanos e instituciones presenten digitalmente solicitudes, escritos y comunicaciones en procedimientos administrativos, dándoles validez legal equivalente a los documentos en papel. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** La Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos estableció el marco legal para la administración telemática en España, pero requería desarrollos específicos por cada ministerio. Esta Orden implementa ese marco en el Ministerio de Política Territorial, creando un punto de entrada digital único y seguro para todos los procedimientos de ese Departamento. Moderniza la tramitación administrativa española garantizando que los ciudadanos puedan interactuar con la Administración sin abandonar sus oficinas o domicilios, con plazos procedimentales idénticos al papel. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden TAP/1955/2011 crea un Registro Electrónico unitario para el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública conforme a la Ley 11/2007, de 22 de junio, y al Real Decreto 1671/2009. Opera como órgano centralizado de recepción y remisión de escritos, solicitudes y comunicaciones en procedimientos administrativos específicos (detallados en anexo I), usando formularios normalizados en aplicaciones gestoras. Se accede a través de https://sede.mpt.gob.es (Sede Electrónica del Departamento) con disponibilidad 24 horas, 365 días al año, salvo interrupciones justificadas por mantenimiento técnico informado expresamente en el propio Registro. La gestión corresponde a la Subsecretaría, ejercida a través de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Organización. Esta última aprueba los formularios normalizados, incorpora nuevos procedimientos y es responsable de seguridad tecnológica e interoperabilidad (siguiendo el Esquema Nacional de Interoperabilidad conforme al Real Decreto 4/2010). La presentación es voluntaria, excepto en supuestos expresamente contemplados en la Ley 11/2007 y Real Decreto 1671/2009. El Registro opera con fecha y hora oficial sincronizadas (de conformidad con RD 4/2010) y respeta el calendario anual de días inhábiles fijado por Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública a efectos del cómputo de plazos procedimentales. Se crea fichero de datos personales titularidad de la Subsecretaría conforme a la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos. Los usuarios asumen exclusivamente la responsabilidad de custodiar credenciales de acceso, mantener segura su firma electrónica, establecer conexión técnica correcta y conservar los archivos de acuse de recibo descargados. La Orden modifica la Orden PRE/3523/2009 permitiendo al Registro Electrónico Común actuar como registro específico para procedimientos de inscripción y pago de tasas en procesos selectivos que involucren múltiples Departamentos u Organismos. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** La Administración creó un buzón digital centralizado y gratuito por el que enviar solicitudes, escritos y comunicaciones al Ministerio de Política Territorial, disponible permanentemente, con certificación automática y validez legal idéntica al papel. Quien lo usa debe proteger sus contraseñas y firma electrónica, porque legalmente es responsable de su seguridad y de guardar los recibos que descarga. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de formularios normalizados:** El Registro solo acepta solicitudes presentadas en formularios estandarizados (aprobados por la Dirección General de Relaciones Institucionales) para procedimientos del anexo I. Verifica que tu trámite esté incluido antes de presentar. ✅ **Presentación voluntaria pero más ágil:** Puedes elegir entre enviar digitalmente o presentar en papel en los lugares tradicionales, pero por vía electrónica tienes garantía automática de fecha y hora oficial sin errores de cómputo de plazos. ⚠️ **Responsabilidad total del usuario sobre credenciales:** Eres responsable exclusivo de proteger tu contraseña, firma digital y conexión segura; la Administración no responde por pérdida, robo o mal uso de tus datos de acceso, ni por consecuencias derivadas del uso negligente. ℹ️ **Sincronización con calendario oficial español:** El Registro respeta automáticamente el calendario de días inhábiles (feriados) y la hora oficial española (RD 4/2010), por lo que puedes calcular plazos con precisión; una presentación a las 23:59:59 del último día hábil es válida si ese día no es inhábil. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TAP/1955/2011, la administración electrónica en España se regía principalmente por la Ley 11/2007, que estableció el marco general, pero sin una implementación específica para cada ministerio. La norma estatal proporcionaba un marco, pero las comunidades autónomas y la Unión Europea tenían sus propios sistemas y regulaciones. La importancia de esta orden radica en su papel de modernización, creando un registro electrónico único y centralizado para el Ministerio de Política Territorial, facilitando la tramitación digital de procedimientos y garantizando la validez legal de los documentos electrónicos, alineándose con las normativas europeas y mejorando la eficiencia administrativa.

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