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Corrección de errores del Real Decreto 1094/2011, de 15 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.

BOE-A-2011-12910Publicada: 27/07/2011PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Corrección de errores del Real Decreto 1094/2011, de 15 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-REA / Presidencia del Gobierno / Corrección de errores administrativos / 2011 (RD original: 15 de julio; errata posterior) / BOE nº 175 (22 de julio de 2011) — Errata no datada / ES / Organización administrativa; Estructura de la Presidencia del Gobierno; Órganos directivos / Nacional / INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Una corrección de dos errores técnicos en el Real Decreto 1094/2011: rectifica una referencia normativa incorrecta en el artículo 2.6 y añade la supresión de la Vicesecretaría General como nuevo punto 6 del artículo 6. --- **CONTEXTO** El Real Decreto 1094/2011 reorganizó la estructura de la Presidencia del Gobierno, estableciendo nuevos órganos y modificando funciones administrativas. Sin embargo, la publicación original en BOE contenía errores que requerían rectificación administrativa para asegurar la coherencia jurídica del texto normativo. Esta errata es un trámite habitual en la consolidación de normas complejas. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto 1094/2011 presentaba dos imprecisiones que se corrigen por vía de errata: **Primera corrección:** En el artículo 2.6, se sustituye la referencia al "artículo 18.3 del Real Decreto 438/2008, de 14 de abril" por la correcta referencia al "artículo 16.3 del Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre". Este cambio es de naturaleza técnica: rectifica una remisión normativa que no se correspondía con el marco legal efectivamente aplicable a la estructura organizativa de la Presidencia. La corrección busca garantizar que los órganos internos dispongan de la base jurídica adecuada. **Segunda corrección:** Se añade un nuevo punto 6 al artículo 6 que establece: "Queda suprimida la Vicesecretaría General, con rango de Dirección General". Esta adición incorpora una supresión de cargo que debería haber figurado en el texto original del decreto y que había quedado omitida. La Vicesecretaría General, poseedora de categoría de Dirección General, queda así eliminada de la estructura administrativa de la Presidencia del Gobierno. Ambas correcciones tienen carácter aclaratorio y pretenden reflejar la intención legislativa original del Real Decreto 1094/2011. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se corrigen dos fallos del decreto original: una referencia legal equivocada (que apuntaba al artículo incorrecto de otra norma) y se añade la información omitida de que un cargo administrativo (Vicesecretaría General) fue suprimido como parte de la reorganización. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 La corrección de referencias normativas (art. 2.6) es técnica y aclaratoria; no modifica derechos ni obligaciones sustantivas, pero asegura la corrección formal del ordenamiento. 📋 La supresión de la Vicesecretaría General es un cambio estructural: afecta la organización interna de la Presidencia y extingue un cargo de nivel de Dirección General. ℹ️ Para interpretar completamente la estructura organizativa de la Presidencia tras esta reforma, deben consultarse conjuntamente el RD 1094/2011 en su texto original y esta errata de corrección. --- **VOTOS PARTICULARES** No procede (errata administrativa de corrección formal). --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la corrección del Real Decreto 1094/2011, la estructura de la Presidencia del Gobierno estaba sujeta a normativas estatales y, en cierta medida, a las competencias de las Comunidades Autónomas (CCAA), aunque estas últimas no tenían un marco jurídico específico para intervenir en la organización del Ejecutivo central. La errata introducida en 2011 reflejaba la necesidad de armonizar la normativa estatal con la realidad institucional, asegurando coherencia y claridad en la reestructuración del órgano. Este ajuste importa porque garantiza la precisión jurídica y la eficacia de la norma, evitando ambigüedades que podrían afectar la gestión del Estado.

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