Orden TRM/1414/2024, de 10 de diciembre, por la que se determinan para el año 2023 los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 552/2020, de 2 de junio, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una orden ministerial del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible que fija las tarifas de referencia (llamadas "costes tipo") para el año 2023, usadas para calcular las ayudas públicas al transporte de mercancías agrarias entre las Islas Canarias y la península (ruta Canarias-Cádiz por mar y Canarias-Madrid por aire), así como entre las propias islas del archipiélago. Estas tarifas se publican cada año y sirven como techo máximo sobre el que se calcula la subvención que puede recibir cada transporte. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a las empresas y operadores que transportan por vía marítima o aérea mercancías agrarias (las recogidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la UE, como productos del campo, ganadería o pesca) con origen o destino en las Islas Canarias. También interesa a las administraciones que gestionan y conceden estas compensaciones, ya que los costes tipo determinan el importe máximo que el Estado puede subvencionar por cada envío. **¿Qué cambia o establece?** La orden establece las cuantías concretas de los costes tipo aplicables a los transportes realizados durante 2023, desglosadas por tipo de trayecto (interinsular o Canarias-península), por modo de transporte (aéreo o marítimo) y por unidad de carga utilizada (kilogramos, metro lineal, contenedor de 20, 40 o 45 pies). Estas cifras no modifican el sistema de ayudas en sí, sino que actualizan los valores numéricos de referencia conforme a la información recabada de los operadores que operan en esas rutas, cumpliendo así con la obligación anual prevista en el Real Decreto 552/2020.
💬 Contexto ciudadano
Las rutas canarias incluidas en el Anexo I del TFUE transportan mercancías agrarias, por lo que su régimen de compensación está sujeto a las reglas de ayudas de Estado de la UE y debe ser notificado a la Comisión Europea. A diferencia de las rutas del cuadro anterior, aquí el Estado tiene menos libertad regulatoria y debe justificar que las compensaciones no distorsionan la competencia intracomunitaria. Este sistema de doble regulación —Derecho de la UE para productos agrarios del Anexo I y Derecho interno para el resto— es peculiar del modelo canario derivado de su estatuto como Región Ultraperiférica, a diferencia del trato que reciben Madeira o las Azores portuguesas.