Real Decreto 834/1987, de 19 de junio, de regulación del Consejo Asesor para la Ciencia y la Tecnología.
¿Qué dice esta ley?
**Se crea un órgano para asesorar al Gobierno en ciencia y tecnología** Este Real Decreto establece el Consejo Asesor para la Ciencia y la Tecnología. Su principal objetivo es servir como un órgano consultivo para la Administración del Estado. Busca asegurar que la comunidad científica, así como los sectores económicos y sociales, participen activamente en la planificación, seguimiento y evaluación de las políticas de investigación científica y desarrollo tecnológico a nivel nacional. Concretamente, este Consejo tendrá la tarea de proponer objetivos para el Plan Nacional de Investigación, asesorar en su elaboración, informar sobre el plan y su cumplimiento, y proponer modificaciones. También emitirá informes cuando se le soliciten, incluyendo a las Comunidades Autónomas. Este Real Decreto entró en vigor el 29 de junio de 1987, fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, estableciendo las bases para la colaboración entre el gobierno y los diferentes actores de la ciencia y la tecnología en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la Ley 13/1986 ya preveía la creación del Consejo Asesor para la Ciencia y la Tecnología, pero faltaba detallar su composición y funcionamiento. Este Real Decreto 834/1987 lo regula, buscando un equilibrio entre la representación de los sectores científicos, económicos y sociales, y la Administración. A diferencia de otras CCAA que pueden tener órganos similares, este es un marco nacional. Su aprobación por el Gobierno en 1987 es relevante porque formaliza un canal de participación ciudadana y sectorial en la política científica, fundamental para alinear la investigación con las necesidades del país y fomentar la innovación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────