Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 17 de octubre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el inciso "en el artículo 3 del Real-Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación" incluido en los apartados 2.a) del artículo 8; párrafo quinto del apartado 1 del artículo 9; apartado 1 del artículo 10 y párrafo tercero del apartado 2 del artículo 10; así como el inciso "a realizar por un Ingeniero de Telecom

BOE-A-2012-13774Publicada: 07/11/2012TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

**Se amplía quién puede diseñar instalaciones de telecomunicaciones en edificios** Esta sentencia del Tribunal Supremo aclara quiénes son los profesionales cualificados para diseñar y realizar las instalaciones necesarias para que los edificios tengan acceso a servicios de telecomunicaciones, como internet o la televisión. Antes, se limitaba principalmente a ingenieros de telecomunicaciones. Lo que cambia es que ahora, además de los ingenieros de telecomunicaciones, otros ingenieros, como los industriales, también podrán realizar estos trabajos. Esto se debe a que el Tribunal Supremo considera que la ley no debería restringir de forma tan exclusiva la capacidad de proyectar estas infraestructuras a una sola rama de la ingeniería. La sentencia es de octubre de 2012, pero su efecto se aplica a partir de la fecha de su publicación oficial, que fue en noviembre de 2012. Por lo tanto, los cambios en la normativa ya están en vigor. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta sentencia, el Reglamento de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (RD 346/2011) reservaba de forma exclusiva la función de proyectista, firma o ejecución de proyectos de telecomunicaciones en edificios a ingenieros e ingenieros técnicos de telecomunicaciones. El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales interpuso un recurso argumentando que esta exclusividad era injustificada. El Tribunal Supremo, al estimar parcialmente el recurso, anula los apartados que establecían esta restricción, permitiendo que otras ingenierías, como la industrial, puedan intervenir. Esta decisión nacional es relevante porque afecta a la construcción y rehabilitación de edificios en toda España, democratizando el acceso a la realización de estas instalaciones técnicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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