Orden TRM/1406/2024, de 19 de noviembre, por la que se modifican las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de noviembre de 2003, por el que se declaran obligaciones de servicio público en rutas aéreas entre las islas Baleares, modificadas por la Orden FOM/1085/2008, de 7 de abril, por la que se sustituye el sistema de tarifas máximas por tarifas de referencia en las obligaciones de servicio público en rutas aéreas entre las islas de Baleares.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una orden ministerial del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible que modifica las condiciones de las Obligaciones de Servicio Público (OSP) que rigen los vuelos entre las islas Baleares. Estas obligaciones son reglas que las aerolíneas deben cumplir para operar esas rutas, garantizando unas condiciones mínimas de servicio a los ciudadanos. **¿A quién afecta?** Afecta a las aerolíneas que operan las rutas aéreas entre Palma de Mallorca, Ibiza y Menorca, y a los pasajeros que las utilizan. De forma especial, afecta a los menores de entre 5 y 11 años que necesiten viajar solos en esas rutas, así como a sus familias, y en general a todos los viajeros respecto a la forma en que se calcula y presenta el precio del billete. **¿Qué cambia o establece?** La orden introduce dos cambios concretos. Primero, amplía la definición de "tarifa aérea" para que incluya no solo el precio base, sino también cualquier cargo adicional por servicios necesarios para realizar el vuelo —como facturar una maleta si el pasajero lo solicita—, evitando así que esos costes queden ocultos fuera del precio anunciado. Segundo, obliga a las aerolíneas a ofrecer el servicio de acompañamiento de menores no acompañados (de 5 a 11 años) en esas rutas, y establece que el coste total de ese servicio no podrá superar el valor de la tarifa flexible, que a su vez no puede exceder en más de un 25 % la tarifa de referencia establecida.
💬 Contexto ciudadano
Las Obligaciones de Servicio Público en rutas aéreas a territorios insulares son un instrumento clave de cohesión territorial en España, pero históricamente sus tarifas de referencia no incluían el equipaje facturado, generando costes adicionales no previsibles para los residentes. Este ajuste alinea el marco de las OSP baleares con la realidad del mercado aéreo tras la proliferación de tasas de equipaje por las aerolíneas de bajo coste. Los regímenes OSP de Canarias e islas menores peninsulares también evolucionan en esta dirección. La introducción de un límite del 25% de sobretasa para menores no acompañados es una medida de protección social que no existía en la regulación anterior.