Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CUD/1275/2021, de 11 de noviembre, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en el procedimiento de concesión de las ayudas para la promoción del sector del videojuego y otras formas de creación digital.

BOE-A-2021-19201Publicada: 23/11/2021MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden CUD/1275/2021, de 11 de noviembre, por la que se establece la obligatoried ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden CUD/1275/2021 obliga a la comunicación y notificación electrónica en el procedimiento de concesión de ayudas para el sector del videojuego y otras formas de creación digital. 2. **CONTEXTO** La Ley 39/2015 promueve la tramitación electrónica en los procedimientos administrativos, considerándola una práctica habitual. El Real Decreto 203/2021 refuerza este marco legal. El Ministerio de Cultura y Deporte establece reglas específicas para su aplicación en el ámbito de las ayudas a la creación digital. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden CUD/1275/2021, de 11 de noviembre de 2021, establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones electrónicas en el procedimiento de concesión de ayudas para el sector del videojuego y otras formas de creación digital. Esta norma se fundamenta en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que la tramitación electrónica debe ser la actuación habitual de las Administraciones Públicas. Según el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, las personas físicas pueden elegir si se comunican con las Administraciones Públicas por medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a hacerlo. El artículo 14.3 de dicha ley permite que las Administraciones establezcan obligaciones de relación electrónica para ciertos procedimientos y colectivos, siempre que se acredite que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, refuerza este marco legal al establecer en su artículo 3 el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas en los términos definidos por la Ley 39/2015. El Orden CUD/1275/2021 se aplica en el ámbito del Ministerio de Cultura y Deporte, específicamente en la Dirección General de Industrias Culturales. En el artículo 3 se establece que en la sede electrónica del Ministerio se determinarán los sistemas de identificación y firma admitidos, de acuerdo con los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015. En el artículo 4 se garantiza al menos un punto de acceso general en el Centro de Información al Ciudadano del Departamento, ubicado en la sede de Plaza del Rey, número 1, Madrid, a través del cual los usuarios pueden acceder electrónicamente a la información y servicios de su competencia, presentar solicitudes y recursos o acceder a las notificaciones y comunicaciones que les remita la Administración Pública. El artículo 5 establece el régimen de subsanación en caso de no utilización de medios electrónicos en la presentación de solicitudes. Si alguno de los interesados presenta su solicitud presencialmente, el órgano convocante requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015. Finalmente, la disposición final única establece que la presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden CUD/1275/2021 obliga a la comunicación y notificación electrónica en el procedimiento de concesión de ayudas para el sector del videojuego y otras formas de creación digital. Se basa en la Ley 39/2015 y el Real Decreto 203/2021, que refuerzan el uso de medios electrónicos en los procedimientos administrativos. La norma establece mecanismos de acceso, identificación, firma y subsanación en caso de presentación presencial. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Obligatoriedad de medios electrónicos**: La comunicación y notificación electrónica es obligatoria en el procedimiento de concesión de ayudas. ⚠️ **Excepciones y subsanación**: Se permite la presentación presencial, pero se requiere subsanación electrónica, con fecha de presentación en la subsanación. 📋 **Acceso y puntos de servicio**: Se garantiza un punto de acceso general en el Centro de Información al Ciudadano del Departamento. ℹ️ **Marco legal**: Se basa en la Ley 39/2015 y el Real Decreto 203/2021, que promueven la tramitación electrónica en los procedimientos administrativos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden CUD/1275/2021 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de noviembre de 2021 - **Materias**: Procedimiento administrativo, medios electrónicos, ayudas públicas, sector del videojuego - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden, la Ley 39/2015 ya promovía la generalización de las comunicaciones electrónicas en la Administración Pública, permitiendo a las personas físicas elegir su forma de relacionarse, salvo que estuvieran obligadas. El Real Decreto 203/2021 reforzó esta tendencia. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener normativas más o menos avanzadas en digitalización, esta Orden Ministerial, aprobada por el Ministerio de Cultura y Deporte, impone la obligatoriedad de la tramitación electrónica para las ayudas al sector del videojuego. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que, si bien busca agilizar trámites y reducir costes, puede suponer una barrera para aquellos profesionales o pequeñas empresas beneficiarias que no dispongan de los medios o conocimientos técnicos necesarios para la gestión electrónica, a pesar de la naturaleza digital del sector al que se dirigen las ayudas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →