Orden CSM/327/2022, de 11 de abril, por la que se modifica la Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Consumo y se regula su composición y funciones.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden CSM/327/2022, de 11 de abril, por la que se modifica la Orden CSM/1271/202 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden CSM/327/2022 modifica la composición del pleno y de la comisión permanente de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Consumo, con el objetivo de mejorar su representatividad y eficacia. 2. **CONTEXTO** La Orden CSM/327/2022 se basa en el Real Decreto 806/2014, que establece la creación de Comisiones Ministeriales de Administración Digital. La Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, crea la Comisión Ministerial del Ministerio de Consumo. Esta nueva norma busca adecuar su estructura para garantizar una mejor representación de los órganos directivos del Ministerio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden CSM/327/2022, de 11 de abril de 2022, modifica la Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, con el fin de adecuar la composición del pleno y de la comisión permanente de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Consumo. Esta modificación se realiza en virtud del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, que establece la creación de Comisiones Ministeriales de Administración Digital como órganos colegiados responsables del impulso y coordinación de la Administración Digital en cada Departamento ministerial. El artículo 7 del Real Decreto 806/2014 define las Comisiones Ministeriales de Administración Digital como órganos colegiados de ámbito ministerial encargados del impulso y coordinación interna en materia de Administración Digital. La Orden CSM/1271/2021, de 15 de noviembre, crea la Comisión Ministerial del Ministerio de Consumo, regulando su composición y funciones. La Orden CSM/327/2022 modifica esta composición para garantizar una mayor representatividad de los órganos directivos del Ministerio. En concreto, el artículo único de la Orden CSM/327/2022 modifica el punto 2 de la letra c) del apartado 2 del artículo 2, y el párrafo inicial de la letra c) del apartado 2 del artículo 3. Estos cambios establecen que el pleno y la comisión permanente de la Comisión Ministerial estarán compuestos por una persona en representación de cada uno de los siguientes órganos directivos del Ministerio: Secretaría General de Consumo y Juego, Secretaría General Técnica, Dirección General de Consumo, Dirección General de Ordenación del Juego y Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, con rango, al menos, de Subdirector General o asimilado, designados por la persona titular del órgano directivo correspondiente. La modificación se justifica por la necesidad de adecuar la composición de la Comisión para garantizar su eficacia y representatividad, sin afectar a los derechos y deberes de la ciudadanía. La norma se ajusta a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que incluyen necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. La norma se considera de carácter puramente organizativo, por lo que no requiere consulta pública previa ni trámites de audiencia o información pública. Su entrada en vigor se establece en el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden CSM/327/2022 modifica la composición de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Consumo para mejorar su representatividad y eficacia. Se ajusta a los principios de buena regulación y no impone cargas administrativas. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la composición**: Se actualiza la estructura del pleno y la comisión permanente para incluir representantes de los órganos directivos del Ministerio. ⚠️ **Principios de buena regulación**: La norma se ajusta a los principios de necesidad, eficacia, transparencia y eficiencia. 📋 **Carácter organizativo**: No requiere consulta pública ni trámites de audiencia. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Estatal - **Fuente**: Orden CSM/327/2022 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de abril de 2022 - **Materias**: Administración Digital, Organización Ministerial, TIC, Comisiones Ministeriales - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden CSM/327/2022 modifica una norma previa, la Orden CSM/1271/2021, que establecía la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Consumo. Esta creación se enmarca en el Real Decreto 806/2014, que a nivel estatal define la necesidad de órganos similares en la Administración General del Estado para impulsar la transformación digital. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener estructuras propias, o de directivas europeas que marcan objetivos generales, esta orden es específica del Ministerio de Consumo y su aprobación corresponde a la Ministra de Hacienda y Función Pública. La diferencia principal para el ciudadano radica en la mejora de la eficacia y representatividad interna de la Comisión, lo que indirectamente puede agilizar la gestión de servicios digitales y la toma de decisiones en el Ministerio, sin alterar derechos u obligaciones ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────