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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 26 de julio de 1984 por la que se fijan los precios de venta de las viviendas sociales para el trimestre natural de julio, agosto y septiembre de 1984.

BOE-A-1984-17444Publicada: 04/08/1984MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 26 de julio de 1984 por la que se fijan los precios de venta de las viv ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 26 de julio de 1984 establece los precios máximos de venta de viviendas sociales para el trimestre julio-agosto-septiembre de 1984, aplicando una fórmula polinómica basada en índices de precios de mano de obra y materiales de construcción publicados en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE). **2. CONTEXTO** La norma se inscribe en el marco del Real Decreto 2043/1977, de 5 de agosto, que establece un sistema de revisión trimestral de precios de viviendas sociales. La revisión se basa en fórmulas polinómicas del artículo 35 de la Orden de 24 de noviembre de 1976, que utilizan la media aritmética de índices de precios de los trimestres anteriores. La Orden de 1984 aplica esta metodología para ajustar los precios máximos de venta en el trimestre mencionado. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 1984 regula la fijación de precios máximos de venta de viviendas sociales para el trimestre julio-agosto-septiembre de 1984, aplicando la fórmula polinómica del artículo 35 de la Orden de 24 de noviembre de 1976. Esta fórmula utiliza los índices de precios de mano de obra y materiales de construcción publicados en el BOE el 9 de junio de 1984, en relación con los publicados el 3 de marzo de 1984 (trimestre anterior). Los precios máximos se detallan por programa familiar (N-3 a N-8) y zona geográfica, con diferenciación entre grupos A, B y C. Por ejemplo, para el programa N-3, los precios son 2.351.675 pesetas para el grupo A, 2.116.183 para el B y 1.941.300 para el C. Además, se establecen precios específicos para plazas de garaje: 405.355 pesetas para el grupo provincial A, 343.630 para el B y 292.387 para el C. La norma incluye disposiciones transitorias que ajustan los precios para el programa familiar N-2, calificado antes del Real Decreto 2043/1977, y protege los derechos adquiridos tras cambios de categorías provinciales. Los promotores con cédulas de calificaciones objetivas pueden solicitar la revisión de precios en las Direcciones Provinciales de Obras Públicas y Urbanismo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1984 fija precios máximos de viviendas sociales mediante una fórmula basada en índices de precios anteriores. Incluye ajustes para programas específicos y protege derechos adquiridos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ajuste de precios**: Aplica fórmula polinómica con índices del BOE del 9 de junio y 3 de marzo de 1984. ⚠️ **Transitorios**: Ajusta precios para el programa N-2 y protege derechos adquiridos tras cambios de categorías. 📋 **Estructura**: Detalla precios por programa familiar y grupo, incluyendo plazas de garaje. ℹ️ **Jurisdicción**: Regula el sector habitacional mediante normativa ministerial. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Orden Ministerial de 26 de julio de 1984. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 26 de julio de 1984. - **Materias**: Vivienda social, precios de venta, revisión trimestral. - **Relevancia**: ALTA (regula un mecanismo clave para el control de precios en vivienda social). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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