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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1654/1985, de 3 de julio, por el que se determina la estructura orgánica básica del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, y se suprimen determinados Organismos autónomos del referido Departamento.

BOE-A-1985-19549Publicada: 17/09/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1654/1985, de 3 de julio, por el que se determina la estructura org ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1654/1985 establece la nueva estructura orgánica del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, suprimiendo organismos autónomos y definido la escala de funcionarios y personal laboral. **2. CONTEXTO** El proceso autonómico en España exigía una reorganización de la Administración central para adaptarla a las nuevas competencias. El Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo necesitaba una estructura que reflejara su rol en materia de infraestructuras, urbanismo y medio ambiente. La norma se aprobó en 1985 como respuesta a la necesidad de modernizar la gestión pública. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1654/1985, de 3 de julio de 1985, regula la reorganización del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, con base en la Ley 10/1983 de Organización de la Administración Central del Estado (art. 12) y la Ley 50/1984 de Presupuestos Generales del Estado para 1985 (art. 85.6). **Artículo 1**: Define el Ministerio como órgano encargado de la propuesta y ejecución de directrices generales en carreteras, obras hidráulicas, puertos, urbanismo, vivienda y medio ambiente, según las normas vigentes. **Artículo 2**: Establece que el Ministerio ejerce sus funciones a través de unidades directivas, bajo la supervisión del titular del departamento. **Artículo 3**: Detalla la estructura orgánica básica del Ministerio, incluyendo la supresión de organismos autónomos y la creación de nuevas unidades. **Artículo 4**: Regula la escala de funcionarios y personal laboral, incluyendo: - Escala de delineantes de organismos autónomos (12 plazas). - Escala administrativa (43 plazas). - Escala auxiliar (246 plazas). - Escala subalterna (43 plazas). - Funcionarios de carrera no integrados en escalas (12 plazas). - Escalas técnicas y administrativas del Instituto para la Promoción Pública de la Vivienda (a extinguir). - Escalas de personal laboral (titulado superior, programador de sistemas, titulado grado medio, etc.). **Artículo 5**: Establece la extinción de escalas específicas, como la de letrados, economistas, técnicos de contabilidad y otros, en favor de nuevas estructuras. **Artículo 6**: Define la organización de los organismos autónomos del Ministerio, incluyendo la creación de nuevas escamas y la supresión de otras. La norma se fundamenta en la necesidad de alinear la estructura del Ministerio con las competencias asignadas por el Estado y la autonomía de las comunidades. Además, se incorpora la Ley 30/1988 de 2 de agosto, que regula las escalas de funcionarios, aunque en el texto original se menciona "Ley 30/198, de 2 de agosto", lo que podría ser un error de redacción. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1654/1985 reorganiza el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, eliminando organismos autónomos y estableciendo nuevas escalas de funcionarios. La norma refleja la adaptación de la Administración central a las reformas del Estado de derecho. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Reorganización estructural**: Supresión de organismos autónomos y creación de nuevas unidades directivas. ⚠️ **Extinción de escalas**: Algunas escalas técnicas y administrativas se extinguían para adaptarse a nuevas normativas. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en artículos de la Ley 10/1983 y Ley 50/1984, con aprobación en Consejo de Ministros. ℹ️ **Personal laboral**: Se detalla la escala de titulados y técnicos, incluyendo programadores de sistemas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto 1654/1985. - **Tipo**: Norma de organización. - **Fecha**: 3 de julio de 1985. - **Materias**: Obras públicas, urbanismo, estructura administrativa, escala de funcionarios. - **Relevancia**: ALTA (refiere a reformas estructurales clave en la Administración pública). **Palabras clave**: Ministerio de Obras Públicas, estructura orgánica, escala de funcionarios, proceso autonómico, Ley 10/1983, Ley 50/1984. **Total de palabras**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1654/1985, la estructura del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo era centralizada y no adaptada a las nuevas competencias autonómicas tras la Constitución de 1978. La reorganización reflejaba la necesidad de alinear la Administración estatal con el proceso autonómico y las normativas europeas, que exigían mayor eficiencia y descentralización. La norma suprimió organismos autónomos redundantes, integrando funciones en un marco más cohesionado, lo que permitió una mejor coordinación entre el Estado, las Comunidades Autónomas (CCAA) y la Unión Europea (UE). Esta reestructuración fue clave para modernizar la gestión pública, adaptarla a las nuevas competencias compartidas y cumplir con estándares de eficacia y transparencia en la administración estatal y autonómica.

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