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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1192/1986, de 13 de junio, sobre condiciones de la promoción pública de viviendas de protección oficial del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo para el Plan de Dotaciones Básicas en Ceuta y Melilla.

BOE-A-1986-16682Publicada: 24/06/1986MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1192/1986, de 13 de junio, sobre condiciones de la promoción públic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1192/1986 modifica el Real Decreto 3350/1983 para adaptar las condiciones de promoción pública de viviendas de protección oficial en Ceuta y Melilla, considerando su situación demográfica y geográfica especial. Establece límites al presupuesto protegible, criterios de fijación de precios y ajustes por variaciones en costes de transporte marítimo. **2. CONTEXTO** Ceuta y Melilla presentan una configuración demográfica y geográfica única, con escasez de terrenos y costes de construcción superiores y fluctuantes. Esta situación ha generado un hacinamiento en barriadas con condiciones de habitabilidad precarias. El Estado interviene mediante un plan de actuaciones básicas aprobado en 1986, modificando normas vigentes para garantizar acceso a vivienda. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1192/1986 regula la promoción pública de viviendas en Ceuta y Melilla, adaptando normas generales a su contexto particular. En su artículo 1, se establece que el presupuesto protegible no podrá exceder de 1,2 veces el módulo ponderado aplicable en la fecha de calificación provisional, vigente hasta 1 de diciembre. Esto limita los costes para garantizar accesibilidad. En el artículo 2, se fija el precio de venta y renta considerando el coste total de las viviendas, la situación familiar y económica de los adjudicatarios. Para transmisiones posteriores, se aplica el porcentaje del Real Decreto 2342/1983, actualizado con variaciones del módulo (M) en función del año de celebración del contrato. El artículo 3 introduce ajustes en contratos administrativos de obras, incorporando variaciones en costes de fletes marítimos. En los pliegos de cláusulas administrativas, se establece una fórmula polinómica que incluye el porcentaje de influencia del transporte marítimo en el coste total, según el Decreto 3650/1970. Estas modificaciones buscan equilibrar la viabilidad económica de las promociones, considerando los desafíos específicos de Ceuta y Melilla. La norma se apoya en el Real Decreto 3350/1983, pero adapta sus criterios de precios y presupuesto a la realidad local, sin perjuicio de normas sobre defensa nacional. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1192/1986 responde a la necesidad de adaptar la promoción pública de viviendas en Ceuta y Melilla a su contexto geográfico y demográfico. Establece límites al presupuesto, fórmulas de precios y ajustes por costes fluctuantes, garantizando acceso a vivienda en condiciones viables. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Situación especial**: Ceuta y Melilla requieren medidas adaptadas debido a su escasez de terrenos y costes fluctuantes. ⚠️ **Límites presupuestarios**: El módulo ponderado se multiplica por 1,2 para garantizar accesibilidad. 📋 **Fórmulas de precios**: Se aplican porcentajes del Real Decreto 2342/1983, actualizados con variaciones del módulo (M). ℹ️ **Ajustes por transporte marítimo**: Se incorpora un porcentaje en fórmulas polinómicas para reflejar costes fluctuantes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto 1192/1986. - **Tipo**: Norma reguladora. - **Fecha**: 13 de junio de 1986. - **Materias**: Vivienda, urbanismo, promoción pública. - **Relevancia**: ALTA (modifica normas clave para adaptar políticas a contextos específicos). **Palabras clave**: vivienda, Ceuta, Melilla, presupuesto protegible, transporte marítimo, fórmulas de precios. **Longitud**: 650 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1192/1986, las normas estatales generales sobre promoción pública de viviendas no consideraban la singularidad geográfica y demográfica de Ceuta y Melilla, donde la escasez de terrenos y altos costes de construcción exigían ajustes específicos. Mientras que las normas de las CCAA o la UE aplicaban criterios homogéneos, el 1986 introdujo límites presupuestarios y criterios de precios adaptados a su contexto, garantizando acceso a la vivienda en condiciones de equidad. Esto importa porque refleja la necesidad de normativas flexibles para resolver problemas locales, destacando la intervención estatal en asuntos de interés general en territorios con particularidades geográficas y sociales.

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