Orden de 11 de marzo de 1987 por la que se determina el precio de venta de las viviendas de protección oficial acogidas al Real Decreto 372/1982, de 12 de febrero.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de marzo de 1987 por la que se determina el precio de venta de las v ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1113/1987 establece el precio máximo de venta para viviendas de protección oficial promovidas antes del 1 de enero de 1984 y vendidas en 1987, basándose en el módulo vigente para 1987 multiplicado por la superficie útil de la vivienda. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 372/1982 de 12 de febrero ampliaba la subvención de intereses a viviendas de protección oficial que no superaran un precio de venta legalmente establecido (3.500.000 pesetas en 1982). Posteriormente, órdenes de 1983 a 1986 actualizaban este límite. Para 1987, se necesitaba actualizar el precio máximo para viviendas aún pendientes de venta. La Orden de 11 de marzo de 1987 responde a esta necesidad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1113/1987 regula el precio máximo de venta de viviendas de protección oficial en 1987, aplicable a promociones aprobadas antes del 1 de enero de 1984. Según el artículo único: *«El precio máximo de venta de las viviendas de protección oficial que se vendan durante 1987, cuyas promociones se hubieran acogido con anterioridad al 1 de enero de 1984, a los beneficios establecidos en el Real Decreto 372/1982, de 12 de febrero, no podrán exceder del que resulte de multiplicar el módulo (M), vigente para 1987, en cada área geográfica, por el número de metros cuadrados de superficie útil de la vivienda.»* La disposición final establece que la orden entrará en vigor el día de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*, aunque sus efectos se retrotraerán al 1 de enero de 1987. Esto significa que las viviendas vendidas en 1987 estarán sujetas a este límite, incluso si la venta ocurrió después de la publicación. El módulo para 1987 se calculaba según la normativa vigente, aplicando coeficientes de actualización para cada área geográfica. Esta norma busca garantizar que las viviendas de protección oficial no superen precios establecidos, evitando desequilibrios en el mercado. La regulación se enmarca en el marco de políticas públicas para la vivienda, con el objetivo de mantener la accesibilidad y controlar la especulación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1113/1987 actualiza el precio máximo de venta de viviendas de protección oficial en 1987, basándose en el módulo del año. Su entrada en vigor retroactiva asegura la aplicación del límite a ventas realizadas en ese año, incluso si se publicó después. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de precios**: Establece un nuevo límite para viviendas vendidas en 1987, basado en el módulo del año. ⚠️ **Retroactividad**: Los efectos se aplican desde el 1 de enero de 1987, incluso si la venta ocurrió después de la publicación. 📋 **Condiciones**: Solo aplica a promociones aprobadas antes del 1 de enero de 1984. ℹ️ **Módulo geográfico**: El cálculo varía según la zona, aplicando coeficientes específicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto 1113/1987. - **Tipo**: Norma reglamentaria. - **Fecha**: 11 de marzo de 1987. - **Materias**: Vivienda, subsidios, control de precios. - **Relevancia**: ALTA (regula un aspecto clave de la política pública en materia de vivienda). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden de 1987, las viviendas de protección oficial estaban reguladas por el Real Decreto 372/1982, que establecía un límite de precio de venta (3.500.000 pesetas en 1982). Este límite fue actualizado gradualmente entre 1983 y 1986 mediante órdenes sucesivas, pero para 1987 se necesitaba una nueva norma para viviendas aún pendientes de venta. La Orden de 1987 actualizó el precio máximo basándose en el módulo vigente de ese año, aplicable a promociones aprobadas antes de 1984. Esta norma importa porque garantiza la continuidad del régimen de precios en un contexto de inflación y necesidad de actualización de los estándares de protección oficial.