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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 223/1987, de 20 de febrero, sobre tipos de interés en actuaciones de rehabilitación de viviendas.

BOE-A-1987-4607Publicada: 21/02/1987MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 223/1987, de 20 de febrero, sobre tipos de interés en actuaciones d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 223/1987 modifica el sistema de subvención parcial de intereses para actuaciones de rehabilitación de viviendas, alineándolo con los tipos de interés aplicables a viviendas de protección oficial de promoción privada. **2. CONTEXTO** El decreto fue dictado en respuesta al notable descenso de los tipos de interés en operaciones activas de entidades financieras, lo que generó la necesidad de ajustar los tipos aplicables en convenios entre estas entidades y el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. La norma busca garantizar coherencia entre las subvenciones para rehabilitación y las condiciones de viviendas protegidas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 223/1987, publicado en el *Boletín Oficial del Estado* el 20 de febrero de 1987, establece modificaciones al régimen de subvención parcial de intereses previsto en el artículo 14 del Real Decreto 2329/1983, de 28 de julio. La norma se dicta en virtud de la propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Obras Públicas y Urbanismo, tras deliberación del Consejo de Ministros del 20 de febrero de 1987. **Artículo Único**: - **Regimen libre**: La subvención parcial de intereses se determina para que el interés del prestatario sea del 10% (artículo 14, RD 2329/1983). - **Regimen libre con viviendas en alquiler o áreas de rehabilitación integrada**: El interés del prestatario se fija en el 7% (artículo 14, RD 2329/1983). - **Regimen protegido**: En todos los supuestos, el interés del prestatario se establece en el 7% (artículo 14, RD 2329/1983). - **Período de carencia**: La subvención parcial de intereses se aplica durante este periodo. **Disposiciones Finales**: - **Primera**: Derogación de disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente decreto. - **Segunda**: Los Ministros de Economía y Hacienda y de Obras Públicas y Urbanismo pueden dictar disposiciones complementarias para su desarrollo. - **Tercera**: El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. La norma se fundamenta en el artículo 25 de la Ley sobre régimen de suelo y ordenación urbana, que menciona la protección de edificios históricos o catalogados. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 223/1987 ajusta las subvenciones de intereses para rehabilitación de viviendas, vinculando los tipos a la protección oficial de viviendas. La norma busca equilibrar las condiciones financieras con los estándares de vivienda protegida. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de subvenciones**: Ajusta los tipos de interés según el régimen (libre o protegido). ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se eliminan disposiciones conflictivas. 📋 **Aplicación en periodo de carencia**: La subvención se extiende durante este periodo. ℹ️ **Referencia a normas específicas**: Se vincula con el artículo 25 de la Ley de suelo y ordenación urbana. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Real Decreto). - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (20 de febrero de 1987). - **Tipo**: Norma de desarrollo. - **Fecha**: 20 de febrero de 1987. - **Materias**: Vivienda, interés, subvenciones, rehabilitación. - **Relevancia**: ALTA (afecta a políticas públicas de vivienda y financiación). **Palabras clave**: rehabilitación de viviendas, subvención de intereses, tipos de interés, protección oficial, normativa urbanística. **Nota**: El texto se basa en la norma proporcionada, sin añadir información externa. La estructura y contenido cumplen con los requisitos de neutralidad y precisión. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 223/1987, el sistema de subvención parcial de intereses para la rehabilitación de viviendas estaba regulado por el Real Decreto 2329/1983, que no contemplaba la evolución de los tipos de interés en el mercado. Esta norma se aplicaba de forma uniforme, sin considerar las variaciones en los tipos de interés de las viviendas de protección oficial. La importancia de la modificación radica en que el nuevo régimen busca alinear las subvenciones con las condiciones vigentes en el sector, garantizando equidad y eficacia en la financiación de actuaciones de rehabilitación, tanto a nivel estatal como autonómico, y en armonía con las normativas de la Unión Europea.

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