Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de febrero de 1987 por la que se fijan los precios de venta de las viviendas sociales para el trimestre natural de enero, febrero y marzo de 1987.

BOE-A-1987-3496Publicada: 10/02/1987MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de febrero de 1987 por la que se fijan los precios de venta de las vi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 4 de febrero de 1987 establece los precios máximos de venta de viviendas sociales para el trimestre enero-marzo de 1987, aplicando un sistema de revisión trimestral basado en índices de precios de mano de obra y materiales de construcción. **2. CONTEXTO** La norma se inscribe en el marco regulatorio de la vivienda social en España, regulado por el Real Decreto 2043/1977, que establece un sistema de revisión de precios trimestral. La Orden de 1986 (24 de noviembre) define las fórmulas polinómicas para calcular el coeficiente de revisión, basado en índices publicados en el *Boletín Oficial del Estado*. La presente Orden aplica dichas fórmulas para ajustar los precios de viviendas sociales en 1987. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 4 de febrero de 1987 regula la fijación de precios máximos de venta de viviendas sociales en el primer trimestre de 1987, aplicando las normas vigentes en materia de revisión de precios. El artículo 1 establece que los precios se calculan según las fórmulas polinómicas del artículo 35 de la Orden de 24 de noviembre de 1976, utilizando índices de precios de mano de obra y materiales de construcción publicados en el *BOE* el 28 de octubre de 1986, en comparación con los del 10 de septiembre del mismo año. El artículo 2 detalla los precios de venta de plazas de garaje para beneficiarios de viviendas sociales, diferenciados por grupos provinciales (A, B y C), con montos específicos: 445.260 pesetas para el Grupo Provincial A, 376.475 para el B y 320.664 para el C. El artículo 3 permite a los promotores solicitar la revisión de precios si las cédulas de calificación objetiva no incluyen los precios ajustados, dirigiéndose a los servicios competentes del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo o a las comunidades autónomas con competencias transferidas. Las disposiciones transitorias establecen que los precios de viviendas del Programa Familiar N-2, calificadas antes del Real Decreto 2043/1977, se mantienen según el trimestre correspondiente, y que se respetan los derechos adquiridos por personas afectadas por cambios de categoría provincial. La disposición final indica que la Orden entra en vigor el día de su publicación en el *BOE*. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden fija precios máximos de viviendas sociales en 1987, aplicando un sistema de revisión basado en índices de precios. Establece precios específicos para garajes y permite la revisión de precios en ciertos casos. Respeta derechos adquiridos y se publica en el *BOE*. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Revisión trimestral**: Aplica fórmulas polinómicas basadas en índices de precios de 1986. ⚠️ **Diferenciación por grupos provinciales**: Precios de garajes varían según el grupo (A, B, C). 📋 **Procedimiento de revisión**: Promotores pueden solicitar ajustes en servicios competentes. ℹ️ **Derechos adquiridos**: Se respetan los derechos de personas afectadas por cambios de categoría. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Comunidad Autónoma no especificada). - **Fuente**: Orden Ministerial de 4 de febrero de 1987. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 4 de febrero de 1987. - **Materias**: Vivienda social, precios de venta, revisión de precios, índices de precios. - **Relevancia**: ALTA (regula un sistema de fijación de precios en materia de vivienda social). **Palabras clave**: precios de vivienda social, revisión trimestral, índices de precios, garajes, derechos adquiridos. **Longitud**: 680 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 1987, la regulación de precios de viviendas sociales en España se basaba en normas estatales como el Real Decreto 2043/1977, que establecía un sistema de revisión trimestral. Las Comunidades Autónomas (CCAA) aplicaban normas similares, pero con menor flexibilidad. La Unión Europea (UE) aún no había consolidado su marco regulatorio en materia de vivienda, limitándose a directivas generales. La Orden de 1987 reflejó una política estatal más específica, vinculada a índices de costes de construcción, y marcó un precedente para futuras regulaciones, aunque su enfoque nacional contrastaba con la tendencia hacia la armonización europea. Su importancia radica en su papel como pilar de la regulación de precios en un contexto de crecimiento urbano y necesidad de acceso a la vivienda.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →