Real Decreto-leyNacionalvigente

Orden de 4 de marzo de 1989 por la que se determina para 1989 el módulo y su ponderación para las viviendas de protección oficial acogidas al Real Decreto-ley 31/1978, de 31 de octubre, y para las actuaciones protegibles contempladas en el Real Decreto 224/1989, de 3 de marzo.

BOE-A-1989-5407Publicada: 09/03/1989MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para la financiación de viviendas protegidas en 1989** Esta orden establece las bases para la financiación de viviendas de protección oficial y otras actuaciones protegibles durante el año 1989. Su objetivo es garantizar que haya suficientes préstamos disponibles para quienes deseen acceder a este tipo de viviendas, ya sean nuevas o usadas, y para otros proyectos de construcción que cumplan con los requisitos establecidos. Concretamente, se fija un límite máximo de 18.000 beneficiarios para viviendas de protección oficial de nueva construcción y 15.000 para viviendas usadas. Esto significa que se subsidiarán los préstamos para estas operaciones hasta alcanzar esas cifras, siempre que los préstamos se hayan concedido durante 1989 y cumplan con las normativas vigentes. La orden entra en vigor al momento de su publicación, es decir, el 9 de marzo de 1989, y regula las condiciones financieras para estas viviendas protegidas a lo largo de ese año. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La orden de 1989 se enmarca en un contexto de políticas de vivienda social y protección oficial, buscando facilitar el acceso a la vivienda mediante la subsidiarización de préstamos. Antes de esta normativa, existían diversos mecanismos de financiación, pero esta orden concreta los módulos y ponderaciones para el año en curso, alineándose con el Real Decreto 224/1989. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podían tener sus propios desarrollos, esta normativa tenía un alcance nacional. La aprobación por parte del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, junto con la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, subraya la importancia de coordinar las políticas de vivienda y financiación a nivel estatal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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