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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 28 de noviembre de 1989 por la que se fijan los precios de venta de las viviendas sociales para el trimestre natural de octubre, noviembre y diciembre de 1989.

BOE-A-1989-28788Publicada: 05/12/1989MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

**Precios de las viviendas sociales para el último trimestre de 1989** Esta orden ministerial establece los precios máximos de venta para las viviendas de protección oficial durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 1989. Se trata de una actualización basada en la evolución de los costes de construcción y mano de obra, calculada de forma trimestral. Concretamente, la orden detalla los precios máximos aplicables a diferentes tipos de viviendas sociales, según su tamaño y programa familiar, así como el precio de las plazas de garaje asociadas. También se mencionan las posibles deducciones que podrían aplicarse a estos precios. La normativa entra en vigor para el trimestre natural de octubre, noviembre y diciembre de 1989, fijando los valores que regirán la venta de estas viviendas durante ese periodo específico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta orden ministerial de 1989 se enmarca en un sistema de fijación de precios para viviendas sociales que se revisaba trimestralmente. El objetivo era ajustar los precios máximos de venta a la variación de los costes de construcción y mano de obra, utilizando una fórmula polinómica establecida por normativa anterior. A diferencia de normativas más recientes que podrían dar más margen a la libre determinación de precios o a la intervención autonómica, esta orden refleja una intervención estatal directa y periódica en el mercado de vivienda protegida. La aprobación recae en el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, y su importancia radica en garantizar la asequibilidad de la vivienda social en un momento determinado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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