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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de julio de 1990 por la que se fijan los precios de venta de las viviendas sociales para el trimestre natural de julio, agosto y septiembre de 1990.

BOE-A-1990-18699Publicada: 03/08/1990MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de precios para viviendas sociales en el verano de 1990** Esta orden ministerial establece los precios máximos de venta para las viviendas de protección oficial y sus plazas de garaje durante los meses de julio, agosto y septiembre de 1990. El objetivo es ajustar estos precios según la evolución de los costes de construcción, como la mano de obra y los materiales. Concretamente, se fijan nuevos importes para la compra de estas viviendas, que varían según la zona geográfica y el tipo de programa familiar. También se establecen precios específicos para las plazas de garaje asociadas a estas viviendas, divididos por grupos provinciales. La normativa entra en vigor para el trimestre natural de julio, agosto y septiembre de 1990, afectando a las viviendas sociales que se califiquen o se vendan durante este periodo, y se basa en un sistema de revisión trimestral de precios ya existente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, existía un sistema de revisión trimestral de precios para viviendas sociales, regulado por normativas de 1976 y 1977, que se actualizaba mediante fórmulas polinómicas y la consulta de índices de costes de construcción. Esta orden, de ámbito nacional, aplica dicha revisión para el tercer trimestre de 1990. A diferencia de otras legislaciones autonómicas o europeas que podrían tener enfoques distintos en materia de vivienda social, esta norma se centra en la actualización de precios dentro del marco legal español de la época. El Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, o los organismos autonómicos competentes, son los encargados de aplicar estos ajustes, lo que demuestra la importancia de mantener actualizados los precios para la viabilidad de los programas de vivienda protegida. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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