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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 293/1992, de 27 de marzo, sobre creación por segregación del Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León Este.

BOE-A-1992-7353Publicada: 01/04/1992MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

¿Qué dice esta ley?

**Nace un nuevo Colegio de Arquitectos en Castilla y León Este** Este Real Decreto crea un nuevo colegio profesional para arquitectos, separándolo del que existía en Madrid. Su objetivo es agrupar a los arquitectos que residen en las provincias de Ávila, Burgos, Segovia, Soria y Valladolid, permitiéndoles tener una entidad propia y más cercana a sus necesidades. Lo que cambia concretamente es que los arquitectos de estas cinco provincias dejan de pertenecer al Colegio de Arquitectos de Madrid y pasan a formar parte del nuevo Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla y León Este, con sede en Valladolid. Esto implica una nueva estructura de gobierno y representación para estos profesionales en su ámbito territorial. La entrada en vigor de este Real Decreto fue el 1 de abril de 1992, fecha a partir de la cual se inició el proceso para la constitución formal del nuevo colegio, incluyendo la elección de sus órganos de gobierno. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, los arquitectos de Ávila, Burgos, Segovia, Soria y Valladolid estaban adscritos al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid. La iniciativa de segregación, impulsada por los propios profesionales de estas provincias, buscaba una organización más adaptada a su realidad territorial. Esta creación se enmarca en la normativa estatal sobre colegios profesionales, permitiendo la división de colegios existentes para formar otros nuevos. A diferencia de otras comunidades autónomas que ya contaban con colegios territoriales consolidados, esta medida responde a una demanda específica en esta zona. La aprobación por parte del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos y el Ministerio de Obras Públicas subraya la importancia de la autonomía y la correcta organización de las profesiones colegiadas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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