Ley 4/1992 de 5 de junio, sobre suelo no urbanizable.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Ley 4/1992, la regulación de la edificación en suelo no urbanizable en la Comunidad Valenciana era escasa, remitiéndose principalmente a preceptos genéricos del texto refundido de 1976 y a la Ley 8/1990, que sentaba directrices pero no un régimen concreto. Esta situación contrasta con la tendencia general estatal, que concibe el suelo no urbanizable como aquel destinado a la preservación, ajeno a la transformación urbanística y donde la edificación debe ser excepcional. Si bien la normativa estatal establece principios básicos, la Comunidad Valenciana, a través de sus Cortes, ha decidido abordar esta laguna para definir un marco específico, lo que importa al ciudadano al clarificar las posibilidades y limitaciones de construir en estas áreas, evitando la inseguridad jurídica y la posible subversión del modelo urbanístico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────