Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden PRE/1833/2011, de 29 de junio, por la que se crean las Oficinas de Extranjeros de Álava, Castellón, Ciudad Real, Cuenca, Granada, Guipúzcoa, León, Madrid, Navarra, Salamanca, Segovia, Soria, Tarragona, Teruel, Vizcaya y Zamora.

BOE-A-2011-16352Publicada: 18/10/2011MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Corrección de errores de la Orden PRE/1833/2011 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / BOE-ORD / Ministerio de Presidencia / Corrección de errores / 2011 / Orden PRE/1833/2011 / Español / Extranjería; Procedimientos administrativos; Organismos públicos / Nacional / MEDIA **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Corrige ocho errores materiales contenidos en la Orden PRE/1833/2011, que estableció dieciséis oficinas de extranjería en diferentes provincias españolas. Se trata de cambios de terminología, correcciones en referencias normativas y ajustes de números de artículos para alinear la norma con su base legal. **CONTEXTO** La Orden PRE/1833/2011, de 29 de junio, fue publicada en el BOE nº 157 (2 de julio de 2011) con el propósito de crear y localizar oficinas de extranjería en Álava, Castellón, Ciudad Real, Cuenca, Granada, Guipúzcoa, León, Madrid, Navarra, Salamanca, Segovia, Soria, Tarragona, Teruel, Vizcaya y Zamora. Tras su publicación inicial se detectaron defectos técnicos que precisaban corrección. Este tipo de erratas son procedimientos administrativos ordinarios que no alteran sustancia ni criterios sustantivos de la norma, sino que simplifican su aplicación práctica. **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La corrección afecta ocho puntos específicos: Primero, sustituye sistemáticamente la expresión «Oficinas de Extranjeros» por la denominación correcta «Oficinas de Extranjería» en el título de la orden y en diversos párrafos expositivos y artículos (1, 2, 3, 4, 5, 7 y disposición transitoria primera). Segundo, actualiza la referencia normativa base: donde incorrectamente se citaba el *Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre*, debe constar el *Real Decreto 557/2011, de 20 de abril*, que es el que verdaderamente regula la estructura de las oficinas de extranjería bajo la competencia de las Delegaciones del Gobierno. Tercero, corrige las referencias internas de numeración de artículos. En lugar de artículos 159, 160, 161 y 162 del Real Decreto 557/2011 (que no existen), debe leerse artículos 259, 260, 261 y 263 del mismo cuerpo normativo. Estas correcciones figuran en tres ocasiones distintas en el párrafo segundo (línea tercera), párrafo tercero y párrafo cuarto, así como en artículos 3 y 5 de la orden. Cuarto, suprime una referencia redundante al *Real Decreto 942/2010, de 23 de julio* en el párrafo tercero de la parte expositiva, aunque lo reintroduce posteriormente con su denominación completa (*de reestructuración de diversas Áreas funcionales integradas en las Delegaciones del Gobierno*) en el párrafo quinto para mayor precisión normativa. Todas estas correcciones operan *retroactivamente* respecto a la fecha de la orden original, lo que significa que los organismos que aplicaron esta norma desde julio de 2011 deben considerar corregidas estas deficiencias desde esa fecha. **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Esta corrección arregla errores de escritura, referencias legales incorrectas y números de artículos que no coincidían en una orden sobre dónde se crean las oficinas de extranjería en España. No cambia lo que hace la orden, solo la corrige para que sea clara y correcta. Los organismos deben aplicar la orden ya corregida. **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Corrección retroactiva**: aunque publicada posteriormente, estas correcciones tienen efecto desde la fecha original (2 de julio de 2011), por lo que documentación o resoluciones previas deben interpretarse conforme al texto corregido. 📋 **Aplicación en procedimientos**: cualquier procedimiento de extranjería tramitado ante estas oficinas desde 2011 debe fundamentarse en las referencias normativas correctas (RD 557/2011, artículos 259-263), no en los números originales erróneos. ⚠️ **Riesgo en expedientes pendientes**: si hay resoluciones administrativas que citen las referencias incorrectas (RD 2393/2004, artículos 159-162), pueden resultar viciadas en su motivación legal; se recomienda verificar en expedientes activos. ℹ️ **Alcance técnico**: esta corrección es puramente formal y administrativa; no afecta la competencia, la organización ni los procedimientos sustantivos de las oficinas de extranjería, sino solo su correcta identificación normativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PRE/1833/2011, la regulación de las oficinas de extranjería en España se basaba en normas estatales que establecían la creación y ubicación de estas dependencias en distintas provincias, sin una distribución específica por Comunidades Autónomas. La mencionada orden fue la primera en definir con detalle la creación de dieciséis oficinas en provincias concretas, marcando un avance en la descentralización del sistema de extranjería. La corrección de errores posterior refleja la importancia de la precisión normativa, ya que aunque no altera el fondo, garantiza la correcta aplicación y coherencia con el marco legal europeo y estatal, asegurando la eficacia del sistema de gestión de extranjería.

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