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Acuerdo administrativo entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Servicio Europeo de Acción Exterior en materia de espacios para oficinas y otras instalaciones conexas para el uso del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en la sede de la Delegación de la Unión Europea en Gambia, hecho en Banjul el 29 de enero de 2024.

BOE-A-2024-25680Publicada: 10/12/2024MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un acuerdo administrativo firmado en Banjul el 29 de enero de 2024 entre el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España (MAUC). Por medio de este acuerdo, la Delegación de la Unión Europea en Gambia cede a España el uso de una parte de sus instalaciones de oficina en ese país africano. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a ambas instituciones firmantes: al SEAE, como titular del espacio, y al MAUC de España, como usuario. En la práctica, concierne al personal diplomático y consular español que desarrollará su actividad en Gambia desde esas oficinas compartidas, sin impacto directo sobre los ciudadanos españoles en general. **¿Qué cambia o establece?** El acuerdo asigna a España una oficina de aproximadamente 181 m² (el 12,33 % del total arrendado por la Delegación de la UE) en el edificio situado en 74, Atlantic Road, Banjul. España pagará mensualmente 2.316 euros por ese espacio, que incluye alquiler, seguridad, limpieza, suministros, mantenimiento e internet, más una plaza de aparcamiento. España deberá aportar su propio equipamiento informático y contratar por su cuenta los servicios de telefonía y vehículos. Los pagos se realizarán semestralmente mediante notas de adeudo en un plazo de 30 días desde su recepción.

💬 Contexto ciudadano

Antes de este acuerdo no existía un marco bilateral específico que regulara las condiciones del inmueble utilizado como sede de la delegación española de la UE en Gambia, lo que generaba incertidumbre jurídica sobre el uso y los costes. Este tipo de acuerdos de sede son habituales en el derecho diplomático internacional y siguen el modelo de la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas. Su importancia radica en que formaliza las condiciones de ocupación —181 m² por 2.316 euros al mes—, establece un marco jurídico claro para la presencia institucional española en África Occidental y garantiza la continuidad de la representación exterior en una región estratégica para la política migratoria y de cooperación de la UE.

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