Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal.

BOE-A-2011-17560Publicada: 08/11/2011Ministerio de la Presidencia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / BOE-REA / Presidencia del Gobierno / Real Decreto / 24-10-2011 / RD 1495/2011 / Español / 09-04 (Datos públicos, transparencia) / Sector público estatal / MEDIA **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Establece las reglas concretas para que organizaciones privadas, empresas y ciudadanos reutilicen la información que generan y custodian los organismos públicos españoles. Permite que datos públicos se conviertan en recursos económicos sin límites injustificados. **CONTEXTO** España transpone la Directiva 2003/98/CE para crear un marco legal que promueve la economía digital. Los datos públicos son un activo valioso: las Administraciones los generan con dinero de todos, por eso la ley permite que empresarios y ciudadanos los reutilicen en productos nuevos (mapas, apps, análisis, bases de datos comerciales). Este Real Decreto detalla cómo funciona en la práctica para organismos del Estado. La iniciativa se enmarca en la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza 2 y responde a prioridades europeas de modernización digital. **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto desarrolla la Ley 37/2007 con dos pilares fundamentales: *Primero*, organiza quién y cómo: cada departamento ministerial designa responsables de reutilización (artículo 3). Las entidades deben publicar en sus sedes electrónicas un catálogo de documentos disponibles para reutilización (artículos 4-5). Se crea un catálogo centralizado estatal único que agrupa todos los recursos públicos reutilizables, permitiendo acceso desde un punto único. *Segundo*, define las condiciones de acceso: el régimen general es **sin condiciones específicas** (artículo 8.1), aplicando solo condiciones generales básicas: prohibición de desnaturalizar el sentido de la información, respeto a derechos de terceros, no discriminación. Este es el principio "abierto por defecto". Solo en casos excepcionales motivados pueden imponerse condiciones adicionales —por ejemplo, cuando el documento no existe en formato electrónico o existen razones de seguridad. El Real Decreto regula dos supuestos especiales: (1) documentos con derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros, cuya reutilización requiere cesión expresa de derechos (artículo 9); (2) documentos con datos personales, donde se aplica lo regulado en normativa de protección de datos (artículo 10). Se prevé un procedimiento de solicitud previa solo para casos excepcionales (artículo 10 de la Ley 37/2007 reflejado aquí), no como regla general. El Real Decreto promociona homogeneidad, claridad y sencillez: todas las administraciones usan las mismas modalidades de puesta a disposición, facilitando certidumbre jurídica y competencia. Se establece coordinación entre organismos públicos para evitar duplicaciones. **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los datos que generan los ministerios, agencias y organismos públicos españoles deben estar disponibles para que cualquiera —empresa, investigador, ciudadano— los reutilice sin pedir permiso especial, salvo que contengan datos de personas o pertenezcan a alguien más. La regla es: abierto por defecto, excepciones justificadas. Es la puerta a innovación económica con recursos públicos. **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de innovación y negocio**: Empresas pueden acceder a datos públicos de calidad sin barreras administrativas para crear productos (plataformas, aplicaciones, consultoría). Especialmente relevante para startups de datos, análisis y tech. ⚠️ **Protección de derechos de terceros**: Si un documento público contiene derechos de autor, patentes o datos personales de otros, no puedes reutilizarlo libremente. Requiere identificar titulares y negociar cesión de derechos. Complica proyectos ambiciosos. 📋 **Obligación de transparencia administrativa**: Las Administraciones deben mantener catálogos actualizados y accesibles. Si buscas datos específicos, verifica que estén registrados en la sede electrónica del organismo o en el catálogo centralizado antes de asumir su indisponibilidad. ℹ️ **Relevancia transfronteriza**: Esta norma homogeneiza el acceso a datos públicos españoles siguiendo directrices europeas, creando reglas predecibles para empresas internacionales. Compatible con regulaciones similares de otros miembros UE (DE, FR, NL, PT). **VOTOS PARTICULARES** *No aplica.* ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1495/2011, España no contaba con un marco jurídico específico para la reutilización de la información pública, aunque ya existían normas generales de transparencia y acceso a la información. Este Real Decreto transpone la Directiva 2003/98/CE de la UE, que establece un marco común para la reutilización de datos públicos entre los Estados miembros. La norma estatal complementa y desarrolla la legislación europea, estableciendo reglas concretas para el sector público estatal, mientras que las Comunidades Autónomas (CCAA) tienen su propia regulación, a menudo inspirada en el marco europeo. La importancia de esta norma radica en su papel clave para impulsar la economía digital y la innovación, permitiendo que los datos públicos se conviertan en recursos económicos accesibles para empresas y ciudadanos.

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