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ResoluciónNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 5049-2017, contra los artículos 35; 36.1.a; 46.1 y .3; 59; 60.3, .4, .5 y .6; 61.1; 63.1; 65.2; 68.3; 69.1; 94.2; 102.1; 103.4, .7 y .8; 114.1; 122.3; 123; 126; 128 d; 144.3 y .6; 150.4; 154; 165.3; 174.2; 184.3; y la Disposición Transitoria Primera de la Ley Canaria 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

BOE-A-2017-13358Publicada: 21/11/2017TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Recurso de inconstitucionalidad n.º 5049-2017, contra los artículos 35; 36.1.a; ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 5049-2017, promovido por Diputados del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, contra diversos artículos de la Ley Canaria 4/2017 y su Disposición Transitoria Primera. 2. **CONTEXTO** El recurso fue presentado por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea del Congreso de los Diputados. Se dirige contra artículos de la Ley Canaria 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y su Disposición Transitoria Primera. El objetivo es cuestionar la constitucionalidad de dichas normas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El recurso de inconstitucionalidad n.º 5049-2017 fue admitido a trámite por el Pleno del Tribunal Constitucional, en virtud de la providencia de 14 de noviembre de 2017. El recurso fue promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea del Congreso de los Diputados, quienes cuestionan la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley Canaria 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, así como de su Disposición Transitoria Primera. Los artículos cuestionados incluyen los 35, 36.1.a, 46.1 y .3, 59, 60.3, .4, .5 y .6, 61.1, 63.1, 65.2, 68.3, 69.1, 94.2, 102.1, 103.4, .7 y .8, 114.1, 122.3, 123, 126, 128 d, 144.3 y .6, 150.4, 154, 165.3, 174.2, 184.3, y la Disposición Transitoria Primera de dicha ley. El Pleno del Tribunal Constitucional, al admitir el recurso, ha determinado que se procederá a su tramitación conforme al procedimiento establecido en el artículo 168.2 de la Constitución, que establece que los recursos de inconstitucionalidad deben ser tramitados por el Tribunal Constitucional en un plazo máximo de tres meses desde su presentación. La admisión a trámite no implica una decisión sobre la constitucionalidad de las normas cuestionadas, sino que permite al Tribunal Constitucional analizar si dichas normas violan los derechos y libertades reconocidos en la Constitución Española. El recurso se presenta en el marco de la competencia del Tribunal Constitucional para garantizar la supremacía de la Constitución, según el artículo 168.1 de la Constitución, que establece que el Tribunal Constitucional tiene la potestad de conocer de los recursos de inconstitucionalidad presentados por los órganos del Estado, los territorios autónomos, los ciudadanos y las comunidades autónomas. La admisión a trámite del recurso implica que el Tribunal Constitucional iniciará el análisis de los artículos cuestionados, evaluando si se cumplen los requisitos de constitucionalidad, como la observancia del principio de legalidad, la no violación de los derechos fundamentales, y la compatibilidad con los tratados internacionales a los que España sea parte. Además, la admisión a trámite permite que el Tribunal Constitucional pueda solicitar aportaciones de terceros, como el Ministerio Fiscal, las Cortes Generales, las Comunidades Autónomas y otros organismos, para que aporten su criterio sobre la constitucionalidad de las normas cuestionadas. La decisión del Pleno del Tribunal Constitucional se tomó en sesión celebrada el 14 de noviembre de 2017, y fue firmada por la Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 5049-2017, promovido por diputados del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, contra varios artículos de la Ley Canaria 4/2017 y su Disposición Transitoria Primera. Esta decisión permite que el Tribunal Constitucional analice si dichas normas son constitucionales o no. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Admisión a trámite del recurso**: El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 5049-2017. ⚠️ **Cuestionamiento de múltiples artículos**: Se cuestionan más de veinte artículos de la Ley Canaria 4/2017, así como su Disposición Transitoria Primera. 📋 **Procedimiento establecido**: El recurso se tramitará conforme al artículo 168.2 de la Constitución, en un plazo máximo de tres meses. ℹ️ **Competencia del Tribunal Constitucional**: El Tribunal Constitucional tiene la potestad de conocer de los recursos de inconstitucionalidad según el artículo 168.1 de la Constitución. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución del Pleno del Tribunal Constitucional - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 14 de noviembre de 2017 - **Materias**: Derecho constitucional, derecho autonómico, derecho de los espacios naturales protegidos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley Canaria 4/2017, la regulación del suelo y los espacios naturales protegidos en Canarias se regía por normativas anteriores, cuya vigencia y contenido específico habrían sido objeto de debate en el contexto de la competencia autonómica en materia de urbanismo y medio ambiente, áreas donde la legislación estatal y las directivas europeas marcan un marco general. Este recurso de inconstitucionalidad, promovido por un grupo parlamentario estatal, sugiere que existen dudas sobre la conformidad de ciertos preceptos de la ley canaria con la Constitución española, a diferencia de otras comunidades autónomas que podrían tener normativas similares sin haber sido objeto de impugnación similar. La importancia para el ciudadano radica en que la resolución de este recurso determinará la validez y aplicabilidad de aspectos clave de la planificación territorial y la protección ambiental en Canarias, afectando directamente a derechos de propiedad, desarrollo urbanístico y conservación del entorno. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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