Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 22 de septiembre de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso contencioso-administrativo número 418/2021 contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre, por el que se aprueba el Real Decreto por el que se modifica el Estatuto de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES), Real Decreto 855/2021, de 5 de octubre, por el que se modifica el Estatuto de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES), aprobado por Real Decreto 15

BOE-A-2022-17478Publicada: 26/10/2022TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 22 de septiembre de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 855/2021, declarando nula la modificación introducida en el Estatuto de SEPES. 2. **CONTEXTO** La Confederación Nacional de la Construcción interpuso un recurso contra el Real Decreto 855/2021, que modificaba el Estatuto de SEPES. El recurso fue resuelto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo el 22 de septiembre de 2022. La sentencia declara nula una parte específica del Real Decreto que modificaba el Estatuto de SEPES. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo, dictada en fecha 22 de septiembre de 2022, resuelve el recurso contencioso-administrativo núm. 418/2021 interpuesto por la Confederación Nacional de la Construcción contra el Real Decreto 855/2021, de 5 de octubre de 2021. La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima el recurso y declara nula la modificación introducida en el Estatuto de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES) por el Real Decreto 855/2021. En concreto, se declara nulo el apartado 3 del artículo único del Real Decreto 855/2021, que introduce un nuevo inciso 3.º en el artículo 4.1 del Estatuto de SEPES, aprobado por el Real Decreto 1525/1999. El inciso modificado establece que SEPES debe ejecutar actuaciones de rehabilitación y regeneración urbana, así como reforma urbana de espacios públicos, y rehabilitación o reforma de inmuebles en instalaciones de titularidad pública. La Sala considera que dicha modificación no está justificada por la normativa vigente y carece de base legal. Por tanto, se declara su nulidad. Además, la sentencia ordena la publicación del fallo en el Boletín Oficial del Estado y establece que las costas del recurso serán imputadas a la Administración General del Estado, hasta un máximo de 3.000 euros. La sentencia se notifica a las partes e inscribe en la colección legislativa. La Sala fundamenta su decisión en la falta de base legal para la modificación introducida, lo que implica que dicha norma no puede aplicarse con efectos jurídicos. La nulidad se limita al apartado 3 del artículo único del Real Decreto 855/2021, sin afectar a otros aspectos del mismo. La Sala considera que la modificación no responde a los principios de legalidad y formalidad que rigen la normativa administrativa. Por ello, se declara nula la parte modificada del Estatuto de SEPES, con el fin de garantizar el respeto a los derechos de los interesados afectados. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Supremo declara nula una modificación del Estatuto de SEPES introducida por el Real Decreto 855/2021. La nulidad se limita al apartado 3 del artículo único del Real Decreto, que carece de base legal. La sentencia establece que las costas del recurso serán imputadas a la Administración. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Estimación del recurso**: El Tribunal Supremo estima el recurso interpuesto por la Confederación Nacional de la Construcción. ⚠️ **Nulidad parcial**: Se declara nula una parte específica del Real Decreto 855/2021, sin afectar a otros aspectos. 📋 **Falta de base legal**: La Sala considera que la modificación introducida carece de fundamento legal. ℹ️ **Costas a la Administración**: Las costas del recurso serán imputadas a la Administración General del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 22 de septiembre de 2022 - **Materias**: Derecho administrativo, Estatuto de SEPES, Real Decreto 855/2021 - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La sentencia del Tribunal Supremo anula una modificación del Estatuto de SEPES, una entidad pública empresarial de suelo, que permitía a esta entidad intervenir en actuaciones de rehabilitación y regeneración urbana, así como en la reforma de inmuebles públicos. Anteriormente, el Estatuto de SEPES, aprobado por Real Decreto 1525/1999, no contemplaba explícitamente estas competencias, limitándose a la gestión de suelo. Esta modificación, aprobada por el Consejo de Ministros mediante el Real Decreto 855/2021, fue recurrida y declarada nula por el Alto Tribunal. La diferencia es relevante para el ciudadano, ya que la actuación de SEPES en estas áreas podría haber implicado una competencia con otros organismos públicos o entidades privadas, afectando la planificación urbanística y la ejecución de proyectos de regeneración, y potencialmente generando incertidumbre sobre quién lidera o financia dichas intervenciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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