Real Decreto-ley 1/2024, de 14 de mayo, por el que se prorrogan las medidas de suspensión de lanzamientos sobre la vivienda habitual para la protección de los colectivos vulnerables.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto-ley 1/2024, de 14 de mayo, por el que se prorrogan las medidas de s ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 1/2024 prorroga la suspensión de lanzamientos sobre viviendas habituales de colectivos vulnerables durante quince años desde la entrada en vigor de la Ley 1/2013. **2. CONTEXTO** La suspensión de lanzamientos sobre viviendas habituales fue introducida inicialmente por el Real Decreto-ley 27/2012, con el objetivo de proteger a las familias en situación de vulnerabilidad económica. Esta medida fue incorporada a la Ley 1/2013, que estableció un periodo de dos años de vigencia. A lo largo de los años, se han realizado modificaciones para extender su aplicación. El Real Decreto-ley 1/2024 prolonga esta suspensión hasta quince años desde la entrada en vigor de la Ley 1/2013, manteniendo la protección de colectivos especialmente vulnerables. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 1/2024, de 14 de mayo, modifica la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. En concreto, se modifica el párrafo primero del artículo 1.1 de dicha ley, que queda redactado en los siguientes términos: «Hasta transcurridos quince años desde la entrada en vigor de esta ley, no procederá el lanzamiento cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado al acreedor, o a cualquier otra persona física o jurídica, la vivienda habitual de personas que se encuentren en los supuestos de especial vulnerabilidad y en las circunstancias económicas previstas en este artículo». Esta modificación extiende el periodo de suspensión de lanzamientos de los dos años iniciales a quince años desde la entrada en vigor de la Ley 1/2013. La medida se aplica a cualquier proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria en el que se hubiera adjudicado la vivienda habitual de personas que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, tal como se define en el artículo 1 de la Ley 1/2013. El Real Decreto-ley se dicta al amparo de las reglas 6.ª, 8.ª, 11.ª y 13.ª del artículo 149.1 de la Constitución española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación mercantil y procesal, la legislación civil, las bases de la ordenación del crédito, banca y seguros, y las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. La entrada en vigor del Real Decreto-ley se produce el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta medida se fundamenta en la necesidad de mantener la protección de colectivos especialmente vulnerables, en línea con los principios de justicia social y equidad en el acceso a la vivienda. El Real Decreto-ley 1/2024 se dicta en virtud de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución española, a propuesta del Ministro de Economía, Comercio y Empresa, del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y de la Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 2024. La suspensión de lanzamientos se aplica a la vivienda habitual, entendida como la vivienda que se utiliza como residencia principal por el titular o por un miembro de su unidad familiar. Se excluyen las viviendas que no se utilicen como vivienda habitual, así como las que se adjudiquen a terceros en virtud de un acuerdo de subrogación o enajenación. La medida busca garantizar la estabilidad de las familias en situación de vulnerabilidad, evitando que se produzca el desalojo de su vivienda habitual en casos de incumplimiento de la obligación hipotecaria. Se mantiene el procedimiento de ejecución hipotecaria, pero se suspende el lanzamiento como medida final que podría llevar al desalojo. Esta norma refleja la voluntad del Estado de mantener una protección extraordinaria para colectivos especialmente vulnerables, en línea con los principios de justicia social y equidad en el acceso a la vivienda, y se alinea con la política de vivienda y protección social desarrollada en el marco de la Ley 1/2013. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 1/2024 prolonga la suspensión de lanzamientos sobre viviendas habituales de colectivos vulnerables durante quince años. Esta medida busca garantizar la estabilidad de las familias en situación de vulnerabilidad. La norma se fundamenta en la Constitución y se aplica a la vivienda habitual en casos de incumplimiento hipotecario. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Extensión de la suspensión**: Se prolonga la suspensión de lanzamientos hasta quince años desde la entrada en vigor de la Ley 1/2013. ⚠️ **Aplicación a colectivos vulnerables**: Se aplica a personas en situación de especial vulnerabilidad económica. 📋 **Procedimiento de ejecución hipotecaria**: Se mantiene el procedimiento, pero se suspende el lanzamiento como medida final. ℹ️ **Fundamento constitucional**: Se dicta al amparo de las reglas 6.ª, 8.ª, 11.ª y 13.ª del artículo 149.1 de la Constitución. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley 1/2024 - **Tipo**: Ley - **Fecha**: 14 de mayo de 2024 - **Materias**: Vivienda, protección social, derecho hipotecario, deudores hipotecarios - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto-ley 1/2024, la suspensión de lanzamientos sobre viviendas habituales de colectivos vulnerables se originó en el Real Decreto-ley 27/2012, posteriormente consolidado en la Ley 1/2013, y ha sido prorrogada y modificada en sucesivas ocasiones hasta la fecha, como con la Ley 25/2015 y el Real Decreto-ley 5/2017. Esta medida, de carácter nacional y con vocación de protección social, no tiene un equivalente directo y generalizado en otras Comunidades Autónomas, que suelen tener competencias en materia de vivienda pero no en la suspensión de procedimientos judiciales de esta índole, ni tampoco en directivas de la UE que impongan una suspensión de esta naturaleza. La prórroga, aprobada por el Gobierno central, es crucial para los ciudadanos vulnerables afectados, ya que les otorga una moratoria temporal ante el riesgo de desahucio, evitando así la pérdida de su hogar en circunstancias de especial dificultad económica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────