Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1717/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a la empresa Hisdesat Servicios Estratégicos, SA para el desarrollo del programa HISNORSAT de comunicaciones por satélite.

BOE-A-2011-18149Publicada: 19/11/2011MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 1717/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo a HISDESAT ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN / FUENTE: ES / ES-BOE-REA | ÓRGANO: Consejo de Ministros (MICINN) | TIPO: Real Decreto | FECHA: 18 de noviembre de 2011 | IDENTIFICADOR: RD 1717/2011 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Financiación pública; Defensa; Tecnología espacial; Subvenciones (concesión directa) | ÁMBITO: Nacional con proyección transfronteriza (España-Noruega) | RELEVANCIA IW: **MEDIA** --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** El Estado español concede un préstamo de 152,16 millones de euros a la empresa HISDESAT para que desarrolle un sistema de satélites de comunicaciones militares y gubernamentales en cooperación con Noruega. Se justifica la concesión directa (sin licitación pública) por razones de seguridad, interés público y singular designación de HISDESAT como operador principal. --- **CONTEXTO** El Gobierno español suscribió un Memorándum de Entendimiento con Noruega en 2010 tras ganar una competición internacional para suministrar satélites de comunicaciones gubernamentales nórdicos. Este proyecto (HISNORSAT) se alinea con la Estrategia Estatal de Innovación del MICINN y capitaliza la experiencia previa con el programa SPAINSAT. La cooperación permite a empresas españolas posicionarse en tecnología aeroespacial y generar efecto arrastre tecnológico en el sector. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto 1717/2011 autoriza la concesión directa de un préstamo plurianual por importe de 152.160.000 € a HISDESAT Servicios Estratégicos, S.A., con presupuestación de 2011 a 2014 (95 millones en 2011; 30 millones en 2012; 25 millones en 2013; 2,16 millones en 2014). El préstamo cubre los gastos e inversiones para diseño, desarrollo, fabricación, integración, pruebas, lanzamiento y operación en órbita del sistema de comunicaciones por satélite HISNORSAT, incluyendo el satélite en órbita geoestacionaria, estación de control terrestre, segmento de lanzamiento, operación orbital y nuevas tecnologías de frecuencia (artículos 2 y 5). La concesión directa se justifica en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003 (General de Subvenciones) por carácter singular, imposibilidad práctica de convocatoria pública, designación previa de HISDESAT como operador tras licitación internacional, y razones de interés público militar, gubernamental y económico (preámbulo y artículo 1). HISDESAT debe ejecutar la actividad, justificar cumplimiento de condiciones ante el órgano concedente, cumplir el calendario de amortización y las demás obligaciones establecidas en la Ley 38/2003 para beneficiarios de subvenciones (artículo 4). La resolución de concesión detallará obligaciones adicionales. El MICINN ejerce las competencias en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación conforme al Real Decreto 1042/2009 (artículos 149.1.15ª CE). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** España financia con un préstamo de más de 152 millones a una empresa española (HISDESAT) para fabricar satélites de defensa que se venderán también a Noruega. Aunque normalmente estas ayudas requieren licitación abierta, se exceptúa por razones de seguridad y porque la empresa ya fue elegida internacionalmente. La empresa debe devolver el préstamo según calendario y justificar su uso. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Carácter singular y concesión directa**: El RD se ampara en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003 (concesión directa por razones de interés público singular) — La justificación descansa en que HISDESAT fue designada como operador único mediante licitación internacional previa y en las necesidades de defensa/comunicaciones gubernamentales, que impiden una nueva convocatoria pública. ⚠️ **Plurianualidad y calendario de desembolsos**: El préstamo se distribuye en cuatro anualidades (2011-2014) con importe decreciente — Los retrasos o cambios en la ejecución técnica podrían afectar a la disponibilidad presupuestaria y exigir justificaciones ante el MICINN. La empresa debe cumplir el calendario de amortización pactado. ✅ **Alineación con Estrategia Estatal de Innovación**: El programa contribuye a tres ejes de la e2i (entorno financiero para innovación, internacionalización, talento innovador) y posiciona a empresas españolas en tecnología aeroespacial — Beneficia al sector espacial español mediante transferencia tecnológica y posicionamiento comercial en mercados de telecomunicaciones por satélite. ℹ️ **Cooperación transfronteriza España-Noruega de impacto dual (civil-militar)**: Aunque el programa tiene marcado carácter defensivo/gubernamental, genera aplicaciones civiles en comunicaciones y frecuencias — La estructura de cooperación bilateral con Noruega (fuera de la UE) debe cumplir normativa de seguridad estatal y defensa. --- **VOTOS PARTICULARES** Omitido — El Real Decreto no incluye votos particulares (no es sentencia ni resolución dictaminada por órgano colegiado con carácter jurisdiccional). --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1717/2011, la concesión de préstamos públicos en España estaba regulada por normas estatales y europeas que exigían, en la mayoría de los casos, un proceso de licitación pública para garantizar transparencia y competencia. Sin embargo, en contextos de seguridad nacional o interés público singular, se permitía la concesión directa, siempre que se justificara con criterios claros. Este Real Decreto refleja una práctica ya existente en algunas Comunidades Autónomas y en la Unión Europea, donde se reconocía la necesidad de flexibilidad en la contratación pública para proyectos estratégicos. La importancia de este documento radica en su aplicación a un proyecto de alto impacto tecnológico y militar, destacando la interacción entre el Estado, la UE y la industria nacional.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →