Ley OrdinariaNacionalvigente

Acuerdo de 20 de noviembre de 2003, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por el que se aprueba el Código de conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones temporales.

BOE-A-2004-321Publicada: 08/01/2004Comisión Nacional del Mercado de Valores

¿Qué dice esta ley?

**Normas para que organizaciones sin ánimo de lucro inviertan su dinero temporalmente** Este acuerdo establece un conjunto de reglas para que las organizaciones que no buscan beneficios, como fundaciones, asociaciones o colegios profesionales, puedan invertir de forma temporal el dinero que no necesiten usar de inmediato. El objetivo es que estas entidades puedan obtener rendimientos para mejorar su funcionamiento, siempre cumpliendo con unas directrices claras y seguras. Lo que cambia es que ahora estas organizaciones deben seguir un código de conducta específico aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Este código les indica qué tipo de inversiones pueden hacer y cómo deben hacerlo, asegurando que se gestione el dinero de forma responsable. Además, sus órganos de gobierno deberán presentar un informe anual para que los responsables o miembros conozcan cómo se ha invertido el dinero. Este código de conducta entró en vigor el 8 de enero de 2004. Su aprobación se basó en una ley de 2002 que pedía a varios organismos, incluida la CNMV, que establecieran estas normas para garantizar una gestión adecuada de los fondos de estas entidades. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este acuerdo, la inversión temporal de los excedentes de efectivo de entidades sin ánimo de lucro no estaba tan claramente regulada. La Ley 44/2002 obligó a varios organismos supervisores, como la CNMV, el Banco de España y el Ministerio de Economía, a crear códigos de conducta específicos para diferentes tipos de entidades. Este código de la CNMV se centra en las inversiones en el mercado de valores, complementando otras normativas que puedan existir para entidades como las mutuas de seguros. Su aprobación por parte de la CNMV es crucial porque establece un marco de seguridad y transparencia para la gestión de fondos de organizaciones que, aunque no buscan lucro, manejan recursos importantes para fines sociales o profesionales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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