Real Decreto 504/2003, de 2 de mayo, por el que se regula el Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
¿Qué dice esta ley?
**Nuevas reglas para el asesoramiento del mercado de valores** Este Real Decreto establece cómo se organiza el Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Este comité es un órgano que asesora a la CNMV, que es la entidad encargada de supervisar los mercados financieros en España. El objetivo es que este órgano de asesoramiento esté bien estructurado y funcione correctamente. Lo que cambia principalmente es la composición del comité. Ahora se incluyen representantes de todos los mercados secundarios oficiales, así como de quienes emiten valores y de los propios inversores. También se da cabida a representantes de las comunidades autónomas que tengan competencias en esta materia y donde exista un mercado secundario oficial. Este Real Decreto entró en vigor el 17 de mayo de 2003, sustituyendo a normativas anteriores para adaptar la regulación a las leyes más recientes del mercado de valores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la regulación del Comité Consultivo de la CNMV se basaba en normativas de 1989 y 1997, que habían sido modificadas por la Ley del Mercado de Valores de 1998. Esta ley amplió la representación en el comité para incluir a todos los mercados secundarios oficiales. El Real Decreto 504/2003 actualiza y unifica toda esta normativa, creando un texto único que sustituye a las anteriores. Su importancia radica en asegurar un órgano de asesoramiento representativo y adaptado a la realidad del mercado de valores español, garantizando la seguridad jurídica en su funcionamiento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────