Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CUL/3359/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Difusión Musical, como centro de gestión artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

BOE-A-2011-19210Publicada: 07/12/2011Ministerio de Cultura

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CUL/3359/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Difusión Musical ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN / FUENTE (código): ES / ES-BOE-ORD ÓRGANO: Ministerio de Cultura TIPO: Orden Ministerial FECHA: 30 de noviembre de 2011 IDENTIFICADOR: CUL/3359/2011 IDIOMA ORIGINAL: Español MATERIAS: Organización administrativa (Cultura) | Centros artísticos | Música ÁMBITO: Estatal (España) RELEVANCIA IW: INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Difusión Musical (CNDM), estableciendo su estructura orgánica, funciones, objetivos y sistema de dirección como centro de gestión artística adscrito al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM). --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El CNDM fue creado meses antes (enero 2011) como centro de producción musical estatal. Esta orden completa su estructura legal con un Estatuto que integra competencias de tres centros musicales previos (Auditorio Nacional de Música, Centro para la Difusión de la Música Contemporánea, Centro de Artes y Músicas Históricas de León), centralizando la gestión artística musical del Estado bajo una dirección única. El Auditorio Nacional de Música en Madrid sirve como sede permanente. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Estatuto define que el CNDM tiene como fines prioritarios recuperar, conservar, revisar y difundir el patrimonio musical español e internacional, con especial énfasis en la creación y difusión de música contemporánea española, músicas históricas, música clásica complementaria a otros centros del INAEM, músicas de tradición popular y programas pedagógicos transversales (artículos 1 y 2). La organización incluye: (i) Alta dirección bajo el INAEM; (ii) Dirección del CNDM con contrato de duración limitada, designada mediante procedimiento específico tras finalizar la relación laboral de quien ostentase la dirección anterior (artículos 5-9); (iii) Consejo Artístico de la Música con funciones consultivas. La actividad se regula mediante instrumentos de planificación (*Plan Director* con proyecto artístico y marco financiero de vigencia plurianual, y *Plan anual de actuación*) aprobados por el INAEM. El CNDM debe dirigir su actividad a satisfacer demandas del propio INAEM, de la sociedad española y de profesionales de la música (compositores, intérpretes, creadores). Se establecen principios de transparencia, legalidad, profesionalidad, imparcialidad, calidad del servicio, excelencia profesional, participación de grupos de interés, vocación didáctica y uso eficiente de recursos (artículos 10-15). La orden precisa que la aplicación no supondrá incremento de gasto público, utilizando medios ya existentes (*disposición adicional única*). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Estado reorganiza sus centros de música clásica, historia musical y contemporánea bajo una dirección única llamada Centro Nacional de Difusión Musical. Este centro tiene que promover música española nueva, recuperar obras antiguas, enseñar música y programar conciertos, todo desde Madrid. Funciona sin costar dinero nuevo porque usa recursos que ya existían. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Cambio en dirección artística**: El artículo 8 del Estatuto (procedimiento de designación de la Dirección) solo entra en vigor cuando finalice la relación laboral de quien dirigía el centro al aprobar esta orden. Hasta entonces mantiene efectos la estructura anterior. ℹ️ **Integración de competencias**: El CNDM absorbe funciones de tres centros previos (Auditorio Nacional, Centro de Música Contemporánea, Centro de Artes de León), simplificando la estructura pero requiriendo coordinación con otras instituciones públicas y privadas españolas y extranjeras. ✅ **Neutralidad presupuestaria**: La orden subraya que se ejecuta sin incremento de gasto, reasignando recursos existentes del INAEM. Facilita aprobación administrativa sin conflicto presupuestario. 📋 **Planificación artística vinculante**: La actividad se somete a *Plan Director* aprobado por INAEM con vigencia plurianual, exigiendo consistencia estratégica en programación y financiación. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la entrada en vigor del Estatuto del Centro Nacional de Difusión Musical, existían tres centros musicales estatales con funciones distintas: el Auditorio Nacional de Música, el Centro para la Difusión de la Música Contemporánea y el Centro de Artes y Músicas Históricas de León. La Orden CUL/3359/2011 centraliza su gestión bajo un único ente, el CNDM, adscrito al INAEM, para mejorar la coordinación y eficiencia en la difusión musical estatal. Esta reforma refleja una tendencia hacia la integración y centralización de competencias en el ámbito estatal, contrastando con la fragmentación previa, lo que facilita una política cultural más coherente y eficaz.

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